En medio de los reproches entre partidos políticos y de la incertidumbre en la que lleva mucho tiempo la plantilla de Alcoa, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha decidido acoger parte de las medidas cautelares solicitadas por CCOO, Confederación Intersindical Galega (CIG) y UGT en relación con la empresa. En virtud de esto, según informa en un comunicado, el Tribunal ordena que se abstenga de “llevar a cabo cualquier actuaciones dirigida a hacer efectiva la parada de las cubas” en la factoría lucense de San Cibrao.

Considera que el apagado de las cubas electrolíticas, sin ser un proceso irreversible, sí reconocen los jueces que es “complejo, costoso y dilatado en el tiempo, acarreando, en suma, graves perjuicios” a la plantilla.

Justifican la decisión los magistrados, según explican, en que otorgar a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, SEPI, la administración de la planta mientras se prolongue el proceso de impugnación del despido colectivo y se dicte sentencia firme, sería una medida “desproporcionada”. En opinión del tribunal, en lugar de la administración, la intervención sería, en todo caso, una "medida alternativa igualmente eficaz y menos perjudicial” para la empresa.

En este sentido, los jueces indican en el auto que esta intervención, que estaría orientada a controlar las actividades que se lleven a cabo en la planta con el objetivo de mantener las cubas en “situación de reiniciar de inmediato” si se produjese una declaración definitiva del despido colectivo como nulo, no concuerda, dicen, con la posición procesal mantenida por la Abogacía del Estado. Dicen en el mismo comunicado desde el TSJ gallego que de esta manera se manifestaron los letrados representantes del Estado en el juicio, asegurando que no asistían en representación de la SEPI y el propio abogado del Ministerio de Industria consideró "desproporcionada la administración o intervención judicial de la planta".

En el mismo dictamen, la Sala analiza también la pretensión de los sindicatos de que, por orden judicial, Alcoa se abstenga de despedir a los trabajadores afectados por el ERE. Sobre esto, los magistrados señalan que esto no es posible, puesto que "trastornaría los límites y plazos" que debe cumplir la empresa con respecto al expediente de regulación de empleo en marcha. De igual modo, tampoco atiende la medida cautelar el Tribunal de que se ordene a la factoría que mantenga la actividad en la planta porque se trataría de una decisión “desproporcionada”.