Alberto Núñez Feijóo y su mujer, Eva Cárdenas, juegan la que, ahora sí, sería la última carta para mantener la vivienda que la segunda posee en la playa de O Con, en Moaña (Pontevedra). Después de que el Ministerio de Transición Ecológica (MITECO) le negara a la que fuera responsable de Zara Home prorrogar la concesión sobre 215 metros cuadrados de terreno público hacia el que el presidente de la Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia (Pladesemapesga), Miguel Delgado, califica como “chalet ilegal”, el inmueble llega ahora a la Audiencia Nacional, según indica elDiario.es.

Desde que ElPlural.com publicara las primeras informaciones junto a otros medios de comunicación, la esposa del líder del PP ha hecho lo posible para mantener en pie una casa que ocupa un espacio de dominio público marítimo-terrestre, según ha confirmado el propio Estado. Ahora, está a punto de cumplirse un año desde que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la resolución de costas que pasaba, precisamente, por recuperar un área que pertenece a la ciudadanía y no al uso de una particular. Cárdenas alegó esta decisión y pidió una prórroga para seguir haciendo uso de la parcela durante 30 años a partir de la fecha del deslinde, es decir, hasta 2037.

El Ministerio resolvió que, aunque los anteriores propietarios hubieran levantado un muro con puertas, los 215 metros cuadrados de terreno a los que aluden estas líneas nunca pertenecieron a la finca y, por lo tanto, no cabe mantenerlos. El organismo público viaja hasta la primera inscripción que aparece en el registro de la propiedad de la finca, el 24 de enero de 1941 (Eva Cárdenas la adquiere en 2019).

Por aquel entonces se hace referencia a una superficie de “siete áreas cuarenta centiáreas” -es decir, 708 metros cuadrados- que tenía como lindero sur la “playa mar”, una superficie que, por otra parte, nunca cambió documentalmente hasta cerca de 85 años después y un total de 926 metros cuadrados. En todo este tiempo no existe ningún documento que certifique la licencia para la construcción del muro de contención que invade terreno público, lo más parecido es la autorización para un cierre “con altura, en total, de 150 o 170 centímetros” en 1942.

En su respuesta del pasado mes de mayo, Costas emite que se trata de una “ocupación del demanio sin el debido título habilitante”: “Los terrenos objeto del presente expediente deberían considerarse, en todo caso, como un exceso de cabida sobre la superficie de la finca registral de referencia, respecto a la que la interesada no habría acreditado su condición de titular registral, así como la condición de propiedad privada, amparada por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria de la citada superficie, o el tracto registral ininterrumpido de la misma, a partir de un título inscrito en el correspondiente Registro, en fecha anterior a la de entrada en vigor de la vigente Ley de Costas; debiendo considerarse la citada superficie como una ocupación del demanio sin el debido título habilitante”.

Dos opciones

Con todo presumiblemente en contra, Cárdenas tenía dos opciones, y se ha quedado con la que en la teoría parece más factible para seguir disfrutando, al menos un tiempo, del terreno. La otra posibilidad pasaba por presentar un recurso de reposición de nuevo ante el Ministerio, pero todo apunta a que el final habría sido el mismo.

Al optar por este otro camino, la también administradora única de Niebla Azul evita el más que previsible nuevo revés del Estado y se asegura tener posibilidades. En este sentido, existen precedentes que demuestran que por esta vía se puede conseguir de facto continuar disfrutando de la ocupación de terreno público, aunque sea durante un tiempo, aún si la Justicia no les diera la razón, debido a una cuestión puramente temporal.

El ayuntamiento de Moaña, a quien varios vecinos acusan de tener abandonado el paseo marítimo, refrendaba que el interés público “debe prevalecer” y “se debe recuperar el dominio público por varias cuestiones”, entre otras cosas porque se trata de una zona de “difícil acceso” que puede traer problemas en caso de necesidad de rescate.

“Cuenta con los permisos preceptivos”

Eva Cárdenas indica a este periódico que la vivienda “se halla correctamente registrada, catastrada y cuenta con los preceptivos permisos”, mientras que “no existe respecto de dicha vivienda, ningún procedimiento administrativo sancionador que cuestione supuestas irregularidades de la misma”.

El terreno público no pertenece a la vivienda”, añade, aclarando que “el Expediente de recuperación posesoria de aproximadamente 210 metros cuadrados de terrenos de Dominio Público Marítimo-Terrestre por imposibilidad física de acceso se refiere a una franja de terreno sita delante de la vivienda, separada del mirador de Masandía por un muro de bloque realizado en su día por el Concello de Moaña”. “Eva Cárdenas no ha utilizado ni ocupado el terreno público en cuestión desde que adquirió la vivienda colindante”, se asegura.

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