Tras la dimisión del concejal de Ciudadanos en Málaga, Juan Cassá, por sus profundas desavenencias con el partido del que formó parte importante para su creación y expansión en Andalucía, muchas especulaciones se han abierto en el futuro de un equipo de Gobierno del PP y Cs que queda en minoría aritmética.
Mientras por un lado los ecos que llegan son que no se alteraría la composición actual del gobierno local, otros, en cambio, señalan el camino a una posible moción de censura de la oposición, contando con el voto de Cassá, que tumbaría el ejecutivo y daría paso a otro de distinta orientación. De momento, los silencios son más ruidosos que las declaraciones.
No al “quórum reforzado”
Mientras esto ocurre hay quien ha cuestionado la legalidad de esa hipotética moción de censura. Aunque son minoritarias, esas teorías basan su argumento en el hecho de que Juan Cassá, desde un escenario nuevo como edil del grupo de “no adscritos”, incrementaría el número de votos que serían necesarios con el surgimiento de una denominada “mayoría reforzada” o necesidad de un “quórum reforzado”. Esta teoría vendría a decir que el ex edil naranja podría firmar la moción de censura y junto con el resto de concejales de la oposición, posibilitaría que esta se registrase y tuviera que debatirse. Sin embargo, y siempre siguiendo esa tesis, la mayoría aritmética del pleno aumentaría y serían insuficientes los 16 a 15. En ese caso los votos que necesitaría la moción de censura para prosperar serían 17, algo inalcanzable con la actual correlación de fuerza. Fundamentan esta idea en una moción de censura acontecida en el municipio tinerfeño de Tacoronte.
ELPLURAL.COM ha consultado con distintos juristas y todos coinciden en que el “quórum reforzado” no existe, es decir, que con el voto de Cassá sumado a los 15 concejales de oposición, la moción prosperaría y abriría el paso a un nuevo equipo de gobierno y desplazamiento del actual.
El Constitucional lo dejó claro
No se trata, nos dicen, de una “interpretación jurídica”, sino de la legalidad basada y sustentada en la ley y ratificada por el Tribunal Constitucional como lo demuestra en su resolución que se puede consultar en la nota informativa nº 113/2017 (véase documento adjunto). En ella el Constitucional declara inconstitucional y nula una medida adoptada en Canarias el sentido de la “mayoría reforzada” porque va en contra de la propia Ley General Electoral. El Tribunal considera que esa decisión vulneró el derecho fundamental a la participación política (art. 23.2 CE) al exigir un quórum reforzado porque entre los firmantes de la propuesta de moción hubo concejales que, “por cualquier causa”, dejaron de pertenecer al grupo político del alcalde y “no estén adscritos a ningún partido, pues el cese de la relación de un concejal con su partido no necesariamente responde a una defraudación de la voluntad popular o a un hacer que busque la desestabilización de la dinámica municipal”.
Tras esta declaración de inconstitucionalidad del TC motivada por la moción de Tacoronte se actualizó la Ley Electoral el pasado año en este sentido. Hay que contar que un texto vigente desde mediados de 2019 rechaza que una moción de censura firmada por un edil no adscrito necesite de mayoría reforzada. En definitiva se puede mantener con garantías jurídicas que la Ley Electoral avala que el voto del ex concejal de Ciudadanos sea suficiente (unido a los 15 de la oposición) para relevar al actual regidor de Málaga, el popular Francisco de la Torre.
“Sin margen para la interpretación”
Desde Málaga, hemos contactado con una de las personas con mayor formación y conocimiento del ámbito legal municipalista. Se trata del profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga y de Derecho Administrativo en la UNED, Pedro Moreno Brenes. Además conoce el mundo de las Corporaciones locales tras haber sido Oficial Mayor del Ayuntamiento de Marbella y Secretario General de la Mancomunidad de la Costa del Sol.
Moreno Brenes es categórico y contundente al afirmar que “no hay margen para la interpretación” luego que el Tribunal Constitucional declarase la inconstitucionalidad del supuesto de quórum reforzado cuando se dé el caso de que participen ediles no adscritos.
Si en el Ayuntamiento de Málaga se presentase una moción de censura con los 16 ediles sin que ningún concejal de los firmantes perteneciera al partido del actual alcalde, “no hay caso para un quórum reforzado, ninguno”. Y enfatiza que no se puede interpretar de otra manera lo que dijo el Constitucional al declarar inconstitucional el quórum reforzado”. Y subraya que “esto es válido para Málaga, Albacete o Logroño. Es norma no interpretable. Rige para todo, es sentencia que no admite matices afecte a quien afecte. Hablo en términos académicos, no hay interpretación de la norma alguna”, concluye.