Está terminando el juicio de los ERE y las defensas siguen planteando algunas de las preguntas cruciales que ya se plantearon años atrás bastantes de los 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía que se sientan en el banquillo. La principal de ellas tal vez sea esta: ¿puede ser ilegal una ley?

En la sesión de este lunes la ha planteado Víctor Moreno Catena, defensor de la exviceconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo. La respuesta de Moreno es que tal circunstancia –una ley ilegal– es por definición un imposible: una ley aprobada por un Parlamento no puede ser juzgada pnealmente. Aguayo se enfrenta a seis de prisión y 30 de inhabilitación como presunta autora de delitos continuados de prevaricación y malversación de fondos públicos.

Engaño al Parlamento

El letrado considera "un disparate jurídico" la tesis de que pueda existir algo así como "una ley ilegal", que es lo que vienen sosteniendo las defensas al sugerir que el Parlamento fue engañado por el Gobierno andaluz haciéndoles aprobar las leyes de presupuestos sin saber muy bien lo que aprobaban.

Lo que está ocurriendo en este juicio vendría a ser algo así como la cuadratura del círculo: se pone “patas arriba el derecho penal y el ordenamiento jurídico", al cuestionar la acción legisladora de la Cámara andaluza, que es quien aprueba las leyes. Pero de ser así las cosas, las leyes mismas de presupuestos serían nulas y los propios parlamentarios habrían propiciado la comisión durante una década del delito de prevaricación. "No hay leyes nulas o erróneas", concluye Moreno Catena.

Según el resumen del letrado, entre los años 2001 y 2010 se articuló en la Junta de Andalucía un engranaje jurídico-administrativo que se inauguraba con los borradores de la ley de presupuestos y concluía con el pago de las ayudas con "resoluciones administrativas groseramente injustas", y todo ello sin control y sin procedimiento alguno. Es decir, sostiene Moreno, “se salta de la presupuestación al control del gasto, haciendo una pirula para no explicar el núcleo central del procedimiento", que no es otra cosa que la aprobación del Parlamento de los presupuestos.

Transferencias

En cuanto al uso las transferencias de financiación como medio de allegar fondos a IFA/IDEA para pagar las ayudas, para el letrado tales transferencias “no pueden ser ilegales porque están autorizadas y lo dice la ley”, por lo cual y para que cuadren sus tesis las acusaciones se agarran al clavo ardiendo de que el Parlamento fue engañado.

El juicio ha celebrado este lunes la sesión número 134, durante la cual la defensa de la exconsejera de Hacienda Magdalena Álvarez continuó con la lectura de su informe final antes de dar paso a la defensa de Aguayo.

La defensa de la también ex ministra, que ha pedido la libre absolución para su representada del delito de prevaricación del que está acusada, apuntó la inconcreción de la Fiscalía en los hechos por los que se acusa a Álvarez, reprochando que las acusaciones "van más allá" y señalan la existencia de "un acuerdo de voluntades para engañar al Parlamento y aprobar un sistema opaco de ayudas", informa Europa Press.

"Si grotesco es decir que el Parlamento fue engañado, que el poder ejecutivo confabulara durante diez años para engañar al poder legislativo tiene tintes caricaturescos", expresó.

En este sentido, expuso que "asumir esa confabulación o acuerdo de voluntades exigía acreditar que 21 personas de la Junta, que apenas se conocían entre sí y que se sucedieron en los cargos, se pusieron de acuerdo para un pacto cuyo fin era tan maquiavélica empresa de engañar al Parlamento", aunque ni la Fiscalía ni las acusaciones han probado esto en la vista oral.

En el relato de la acusación se estaría ante un Consejo de Gobierno "esquizofrénico", que "con la mano izquierda" aprobaba "un proyecto de presupuestos fraudulento dirigido a eludir la fiscalización" y "con la mano derecha" aprobaba un proyecto de ley en el que se incluía la norma defraudada y otras normas para prevenir el fraude y aumentar el control dentro de la Administración andaluza, según el abogado.

Al igual que el de Aguayo, el abogado de Magdalena Álvarez, desde el inicio del informe, ha rechazado las tesis de la acusación de que el Parlamento fue "engañado" al aprobar los presupuestos anualmente, pues, según defiende, los diputados aprobaron "con conciencia" el uso de las transferencia de financiación para sufragar las subvenciones investigadas.

Uno de los pilares en los que se sostiene las tesis acusatorias sobre el delito de prevaricación es que las transferencias de financiación para allegar fondos a empresas públicas sólo tienen un cometido, "equilibrar la cuenta de pérdidas y ganancias", en base al artículo 18 de la Ley 15/2001, de acompañamiento al presupuesto de 2002. Por ello, su inclusión en el programa 31L, anterior 22E, con un destino "concreto" para pagar ayudas "constituye 'per se' una decisión ilegal" para las acusaciones, por "una interpretación rígida y sesgadas" de dicho artículo.

Para Alcácer, "si se interpreta en su literalidad el artículo 18, como hizo la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), no es ni mucho menos cierto que diga lo que pretenden las acusaciones, una sola finalidad, y no afirma que el único objetivo sea equilibrar las cuentas de pérdidas y ganancias". Por ello, considera que "se ha de excluir de raíz que la presunta ilegalidad de las transferencias de financiación supone un delito de prevaricación".

De otro lado, ha subrayado que las defensas pretenden poner el artículo 18 "por encima de las leyes de presupuestos". Partiendo de la posibilidad de que existiera un conflicto entre leyes, "cuál sería la consecuencia", ha preguntado. "Son inconstitucionales, ilegales o inválidas las leyes de presupuestos. No", ha respondido el propio abogado, asegurando que en el caso de conflicto prima la Ley de Presupuestos, siendo lo "relevante" lo que se aprobará anualmente en los presupuestos, "aun cuando contradijera el artículo 18".

Igualmente, Alcácer ve "sorprendente, errante y ofensiva la tesis de que el Parlamento fue engañado y aprobó las transferencias de financiación porque fue inducido a error, pensando que era acorde con el artículo 18", es decir, "se presupone que los parlamentarios conocían este artículo y que sólo cabía un modo de interpretarlo, pero desconocían la finalidad de las transferencias y del crédito".

Tras esto, la defensa abordó "el verdadero núcleo" de las tesis acusatorias, el uso de las transferencias para eludir la fiscalización previa de las ayudas, radicando ahí el fundamento del delito de prevaricación. Tras el juicio, está "acreditado" que esto es "falaz e insostenible", pues la fiscalización previa de las ayudas "no sólo era obligada sino legalmente posible".

La concesión de la ayuda es un expediente administrativo independiente y como todo expediente que conlleva un gasto público "tiene que ser sometido a fiscalización previa". El argumento de que una vez fiscalizada la transferencia de financiación se agotaba el crédito y no podía fiscalizarse el expediente de la ayuda es "insostenible".

Y esto "no implica una doble fiscalización, porque son expedientes administrativos distintos", según el abogado, que ha rechazado el "falaz eslogan" de que la transferencia impedía la fiscalización previa.