Son 1,2 millones de euros, y es la primera vez que la Agencia Española de Portección de Datos (AEPD) impone la sanción máxima que permite la ley en un único procedimiento. El destinatario de la multa es, nada menos, Facebook. Al otro lado del ring, la red social no se ha quedado de brazos cruzados. Ha señalado su “respetuoso desacuerdo” y ha anunciado que recurrirá la sanción. Aunque no es la primera vez que se ve obligada a rascarse el bolsillo por la misma práctica por la que aquí se la condena: el uso de datos personales de sus usuarios sin el consentimiento de éstos. Alemania ya le impuso sanciones similares a la compañía. Pero sí es la primera vez que España se atreve con Mark Zuckerberg.

Una multa con tres sanciones

La sanción de la AEPD se desglosa así: se han impuesto a Facebook dos multas, de 300.000 euros cada una, en concepto de infracción grave de la Ley Española de Protección de datos, y otros 600.000 euros adicionales por lo que considera una infracción muy grave. Y todo ello, según denuncia la AEPD en su resolución –y en la propia red social-, porque Facebook estaría haciendo acopio de datos sobre el sexo, las creencias religiosas y la ideología de los usuarios, y hasta de los patrones de conducta que se destilan de la navegación de éstos por la red. Y todo, apunta la organización, con fines publicitarios.Los usuarios no son informados de que se va a tratar su información mediante el uso de cookies”, y aun así, se almacenan sus datos sin aclarar la utilidad que se les dará, lo que constituye, según expresa la institución, una injerencia total contra la legislación nacional.

Facebook contrataca

Facebook niega la mayor. En un comunicado, los portavoces de la empresa señalan que “nuestra posición es la de continuar discutiendo estos temas con la AEPD, mientras continuamos trabajando con nuestro regulador líder: el Comisionado de Protección de Datos de Irlanda", con el fin de prepararse para "cumplir con la nueva regulación de protección de datos de la UE en 2018.