El Tribunal Supremo ha mantenido la condena de 29 años y medio de cárcel a un hombre que violó a dos menores tuteladas de Castilla la Mancha. El Alto Tribunal mantiene las penas de 12 años por la agresión sexual a una de las niñas, 13 años y medio por la violación de la segunda menor, dos años por un delito de corrupción de menores y siete años por un delito contra la salud pública.

Según los hechos probados, ahora avalados por el Tribunal Supremo, las dos niñas, una de 15 años y la otra de 17, se escaparon y fueron a un polígono industrial donde las estaba esperando el ahora procesado, ya que conocía a la joven de 17 años con anterioridad. Una vez en la nave, el hombre les dio cocaína para fumar, a la que la niña a la que conocía era adicta por su culpa. La otra menor, fumó y se comenzó a encontrar mal, pues nunca había tomado cocaína.

La chica empezó a sentirse mal a los pocos minutos. Se encontraba mareada, tenia sudores y picores. Quiso ir al baño y preguntó dónde se encontraba. El procesado se ofreció a acompañarla, saliendo ambos de la oficina donde estaban, desplazándose por un pasillo hasta llegar a una nave contigua donde había unas escaleras que subieron hasta llegar a la primera planta, donde al meterse en un pasillo se encontraban los baños.

“Una vez en el interior del baño, el procesado, con intención de satisfacer -sus deseos lúbricos, la agarró y la subió sobre un lavado, tocándola por todo su cuerpo, le levantó la camiseta que llevaba como vestido y le quitó las bragas. Ella intentó apartarlo para que dejara de tocarla, propinándole el procesado patadas y puñetazos para vencer su resistencia. Intentó penetrarla, pero como no pudo hacerlo en la postura que la había colocado, la puso de cara a la Pared y la penetró vaginalmente. Acto seguido la agarró del pelo y la obligó a agachar la cabeza hasta la altura de su pene forzándola a realizarle una felación. Naomi intentó morderle y él la levantó y la volvió a colocar de espaldas, de cara a la pared, penetrándola una vez más por la vagina, mientras ella no paraba de gritar y pedir socorro, sin que su amiga ni un amigo del condenado que también estaba allí pudieran oírla”, narra el fallo.

Violaciones sistemáticas

Es en ese punto de la sentencia es cuando los magistrados comienzan a narra una historia de terror que venía de dos años atrás. El ahora condenado vivió alquilado en casa de la madre de la otra menor. Cuando la chica tenía 15 años, aprovechando que la madre de la menor estaba dormida, le dio beber alguna bebida alcohólica llegando ésta a verse afectada por la bebida y por los porros que también había fumado. “Le preguntó si podía besarla y la menor le dijo que no y aun así le dio un beso y tiró sobre ella diciéndole que iba a ser suya. Ella empezó a sentirse mal y le pidió que se quitase. Se fue a su habitación, donde el procesado entró y, con intención de satisfacer sus deseos lúbricos, pese a la negativa expresa de la menor, la agarró, la cogió del cuello y de las manos y le metió los dedos en la vagina. La niña intentó quitárselo de encima pero no pudo, la penetró vaginalmente y acto seguido la obligó a hacerle una paja, todo ello sin que la joven apenas pudiera moverse a causa de los efectos del alcohol y de los porros. Después el procesado le dio cocaína, que consumieron juntos, siendo la primera vez que la menor la tomaba”, explica la sentencia.

Pero el horror no se quedó ahí: “Con posterioridad a ese día, mientras el procesado siguió viviendo en la casa, y también tras haberse marchado, siguió suministrando cocaína gratuitamente a la niña, al tiempo que tenía con ella relaciones sexuales con penetración vaginal, cosa que sucedió casi a diario e incluso varias veces el mismo día. El consumo de cocaína provocó en la joven dependencia a dicha sustancia siendo cada vez mayor la necesidad que tenía de consumir, diciéndole el acusado que si quería que le diera la droga tenía que mantener relaciones sexuales con él, a lo que ella accedía, lo que tuvo lugar en varias ocasiones, que se sucedieron fundamentalmente antes de que la menor fuera trasladada al piso de protección”.

Credibilidad

En su recurso, el condenado trata de desacreditar a las dos niñas minando su credibilidad. Sin embargo, los jueces son tajantes al respecto: “El motivo carece de cualquier ortodoxia casacional, en tanto que no se viabiliza por cauce alguno, y simplemente se rechaza la credibilidad de la menor, según la cual la víctima intentó hacerle una felación para conseguir que le diera droga, siendo así que la menor es consumidora de cannabis y tiene conductas sexuales de riesgo con relación a la obtención de dicha sustancia. Señala, además, que incurrió en numerosas contradicciones”.

Y prosiguen diciendo que, “como dice con todo acierto el Ministerio Fiscal, los argumentos de la parte recurrente son reproducción de lo alegado en el recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ, sin que concurra ningún dato que permita variar los criterios lógicos y razonables utilizados por el Tribunal Superior de Justicia en su comprobación de la suficiencia de la prueba y de su correcta valoración”.

Y apostillan que “tampoco se aprecia que la menor haya actuado movida por un ánimo espurio. Así se deduce del mismo informe forense y del informe psicológico, que indica que la menor no obtiene ninguna ganancia secundaria con la denuncia”, ya que “se apreció que la menor estaba “visiblemente afectada” y con “importante esfuerzo por contar lo sucedido”, “en medio de lágrimas” y con “recuerdos” que como ha podido verificar la Sala sentenciadora de instancia al examinar dicho relato, absolutamente conmovedor, le suscitan angustia, incluso sentir repugnancia de sí misma, un rasgo muy común a víctimas de este tipo de agresiones. Un relato que recoge la sentencia de manera pormenorizada y que es totalmente convincente”.