La juez de Catarroja que investiga la gestión de la DANA que el pasado 29 de octubre se cobró la vida de 228 personas en la provincia de Valencia ha rechazado la petición de unificación de las acusaciones particulares y populares en el procedimiento. Las defensas de la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y su entonces número dos, Emilio Argüeso, ambos investigados en la causa, habían solicitado esa agrupación, pero la instructora la ha denegado mediante un auto notificado en las últimas horas.

La decisión responde a las claras diferencias existentes entre las partes personadas. En este proceso hay 21 acusaciones particulares y 14 populares, que se oponían a la unificación planteada por las defensas. Por su parte, el Ministerio Fiscal había mostrado su conformidad con que las acusaciones populares se agrupasen en torno a la representación de Podemos, que fue la primera en personarse en la causa. Además, el fiscal proponía que las acusaciones particulares, de manera voluntaria, eligieran a un número reducido de representantes ―no más de cinco― salvo que existiesen “intereses contrapuestos e irreconciliables”.

En su resolución, la magistrada recuerda que la agrupación de acusaciones debe justificarse por la existencia de un número de partes que provoque dilaciones o dificulte la tramitación. A pesar de reconocer la complejidad del caso, dado el elevado número de víctimas mortales y de personas lesionadas, la juez concluye que en este momento no se dan esas circunstancias que justifiquen la agrupación forzosa de las acusaciones.

“No puede estimarse que hasta el momento concurra dicha premisa fundamental que justifique excluir a la representación diferenciada de cada una de las acusaciones particulares”, señala el auto, aludiendo a que cada acusación responde a las circunstancias concretas de cada fallecimiento. Eso sí, advierte de que cualquier acusación popular que pretenda personarse en el futuro deberá hacerlo integrándose en alguna de las ya personadas.

Posturas enfrentadas y acusaciones con intereses opuestos

La magistrada también rechaza la solicitud de aclarar un auto previo en el que preguntaba a las acusaciones si apreciaban indicios de responsabilidad penal en los dos investigados, Pradas y Argüeso. Según indica en el nuevo auto, esa consulta no generaba indefensión y respondía al interés de conocer la posible convergencia de intereses entre las partes.

La instructora subraya la existencia de “posturas claramente enfrentadas” entre las acusaciones populares, en las que figuran partidos políticos y asociaciones con planteamientos procesales muy distintos. En este sentido, considera inviable agrupar bajo una misma representación letrada a quienes, por ejemplo, no ven indicios de delito en la actuación de los investigados con quienes sí sostienen que los hay.

“Pretender acumular bajo el paraguas de una misma representación letrada a aquellas partes que no desean definirse, o directamente descartan que en la actuación de los investigados concurran indicios de responsabilidad penal, junto con aquellas que afirman lo contrario, es tarea imposible”, sostiene.

La juez recuerda, además, que el gran número de acusaciones no supone necesariamente una desventaja para las defensas. De hecho, apunta que algunas acusaciones defienden tesis idénticas a las defensas, solicitan pruebas similares o se adhieren a sus recursos. “Algunas de las pruebas que se solicitan parecen fundadas en lo que se ha venido a llamar el ‘derecho a la intuición’, fórmula que permitiría interesar pruebas sin base alguna y con la voluntad de trasladar a este proceso bulos o afirmaciones descabelladas”, advierte.

Manos Limpias y otras personaciones

La resolución también pone el foco en la personación de Manos Limpias, cuyo jefe jurídico es, a la vez, abogado de Argüeso. La instructora destaca que las defensas no están solas en el procedimiento y señala que algunas acusaciones ejercen la acción penal no solo contra los investigados, sino también contra otros cargos, como ha hecho la Asociación de Damnificados DANA Horta Sud Valencia, que la extendió al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y otros responsables.

Por último, la magistrada califica de “claramente inviable” que la representación de Podemos asuma la representación de las demás acusaciones populares, como planteaba alguna de las defensas. Tampoco considera procedente concentrar las actuaciones procesales en una sola representación porque ello “limitaría el derecho de defensa” de las acusaciones particulares y no garantizaría mayor agilidad en las declaraciones.

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