Las palabras de Pablo Casado diciendo: "Yo no permitiría que mi hermano cobrara 300.000 euros por un contrato decidido en un consejo de ministros", en referencia al presunto cobro de comisiones por parte de Tomás Díaz Ayuso, hermano de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, acabó en una denuncia en los juzgados interpuesta por un abogado. Unas palabras, las de Casado, que terminaron con varias denuncias en Anticorrupción, cuyo fiscal jefe, Alejandro Luzón, investiga el contrato vinculado a Tomás Díaz Ayuso. Ahora, la Fiscalía Provincial de Madrid ha remitido un escrito al titular del juzgado de instrucción número 19 en el que solicita que no se admita a trámite y que se archive la denuncia presentada contra Pablo Casado y Teodoro García Egea por un delito de revelación de secretos.

Según ha explicado el Ministerio Público, la denuncia es “un ejercicio de hipótesis y elucubraciones” a raíz de las declaraciones realizadas por ambos políticos en los medios de comunicación. En su opinión, a través de dichas manifestaciones el denunciante “llega a una conclusión carente de apoyo o corroboración en hechos acreditados de cara a solicitar una diligencias de investigación a los fines de corroborar sus sospechas, lo que resulta no ajustado a Derecho y debe conllevar su archivo”.

Hay que recordar que estas declaraciones realizadas por Casado y García Egea terminaron provocando la mayor crisis interna de la historia del Partido Popular. Una crisis que pasó a ser una guerra fraticida que terminó con la salida de ambos líderes y el ascenso a la presidencia del partido de Alberto Núñez Feijóo.

La denuncia

El escrito alude a la denuncia de un abogado contra los antiguos líderes del Partido Popular, Pablo Casado y Teodoro García Egea. Según el denunciante, ambos exdirigentes del PP podrían haber incurrido en un delito de revelación de secretos a raíz de una entrevista radiofónica en la que Casado se refirió a un comportamiento “no ejemplar” por parte de Tomás Díaz Ayuso por el cobro de 300.000 euros como consecuencia de un contrato que celebró con la Comunidad de Madrid.

Del mismo modo, cita a García Egea porque en una comparecencia ante los medios de información realizó unas declaraciones sobre un supuesto cobro de comisiones relativo a dicho contrato, en beneficio al entorno de la presidenta de la Comunidad de Madrid Isabel Díaz Ayuso. 

La Fiscalía

En primer lugar, la Fiscalía pide que no se admita a trámite la denuncia puesto que “la conducta denunciada no aparece ni mínimamente probada, invocando genéricamente un posible delito de revelación de secretos, pero sin soporte probatorio alguno y sobre la base de meras hipótesis”. En este sentido responde al denunciante que se precisa la existencia de datos acreditados, “al menos con carácter indiciario”, para llevar a cabo una investigación “lo que no sucede en el presente caso”.

Es más, explica que el abogado se limita a “reproducir simples titulares” de noticias periodísticas o “supuestas sospechas carentes de sustento” sin desarrollar siquiera en qué consisten los hechos supuestamente delictivos ni identificar sus posibles autores, “más allá de la referencia genérica de la manifestaciones realizadas por D. Pablo Casado Blanco y D. Teodoro García Egea, en los diferentes medios de comunicación, en la que dijeron que recibieron datos fiscales y bancarios sobre D. Tomás Díaz Ayuso relacionado con el contrato de las mascarillas con el Ayuntamiento de Madrid”.

La Fiscalía argumenta para oponerse a la admisión a trámite de la querella que en ninguna de las comparecencias ante la prensa de ambos políticos se llegó a exponer ni el cómo, ni cuándo, ni quiénes proporcionaron los supuestos datos fiscales y bancarios, “lo que implica numerosas incógnitas, pudiendo ser incluso información no verdadera, o bien, que no tuviera su origen en los modelos de Hacienda 347 o 303 a los que concluye el denunciante”. Señala, además, que ni el propio perjudicado ha formulado denuncia al respecto.

El escrito remitido al juez sostiene, por último, que el denunciante, “sobre la base de unas informaciones periodísticas”, pretende que se practiquen diligencias penales para corroborar sus sospechas, “lo que implica insoslayablemente, la práctica de diligencias prospectivas o predelictuales, incompatibles con los principios que rigen en el Derecho Penal y por ende ilícitas”.