La Fiscalía Anticorrupción ha decidido abrir Diligencias de Investigación Penal para investigar las denuncias presentadas por Podemos, Más Madrid y PSOE referidas al contrato que la Comunidad de Madrid dio, por 1,5 millones de euros, a la empresa Priviet Sportive, de un amigo del hermano de la presidenta de la comunidad Isabel Díaz Ayuso, Tomás Ayuso, y por el que éste habría cobrado una comisión de 55.000 euros. El Ministerio Público trata de averiguar si Tomás Ayuso y su hermana, Isabel, pudieron cometer algún ilícito penal, como por ejemplo, el tráfico de influencias.

La apertura de las diligencias, adelantada por Eldiario.es, es tan solo el primer paso, pues ahora Anticorrupción tiene seis meses para investigar. Transcurrido ese tiempo deberá decidir si archiva esas diligencias o, por el contrario, presenta una querella y judicializa el tema.

Según eplican fuentes de la Fiscalía Anticorrupción a ElPlural.com, la investigación no se presenta, ni mucho menos, como sencilla. Por el momento, el fiscal encargado se centrará en la documentación del contrato y las facturas emitidas, tanto por la empresa adjudicataria como la emitida por el hermano de la presidenta. De hecho, será Anticorrupción la que pueda acceder a las otras tres facturas que Isabel Díaz Ayuso admitió que existían, pero que aseguró que no tenían nada que ver con la Comunidad de Madrid.

Bajo la lupa de los investigadores no solo se encuentra el contrato de las mascarillas. La denuncia presentada por el PSOE de Madrid también hacía referencia a otros diez contratos menores de la empresa en la que trabaja Tomás Ayuso. Esos contratos, por un valor superior a los 70.000 euros son por la instalación de luces LED en el hospital Ramón y Cajal, tal y como contó en exclusiva este periódico. 

En cuanto a la presidenta, afirman desde Anticorrupción que: "Isabel Díaz Ayuso, autoridad aforada ante el Tribunal Supremo, los denunciantes proponen distintas hipótesis sobre su eventual participación en presuntos delitos de tráfico de influencias, malversación, prevaricación y negociaciones prohibidas a los funcionarios. Estas hipótesis se sustentan en una secuencia de hechos que, en estos momentos, no permiten acordar la remisión a la Fiscalía del Tribunal Supremo, pues no constituyen “indicios razonablemente verosímiles de la realización del hecho investigado, de su carácter delictivo y de la responsabilidad en el mismo de la persona aforada”, en el sentido que exige la Consulta 1/2005 de la Fiscalía General del Estado, sobre competencias de las Fiscalías para tramitar Diligencias de Investigación que afecten a personas aforadas".

Anticorrupción

Además de lo anterior, en un comunicado, la Fiscalía Anticorrupción ha explicado que, "las tres denuncias se limitan a solicitar de la Fiscalía Especial la incoación de Diligencias de Investigación conducentes al esclarecimiento de los hechos en ellas relatados, en las que, si bien no se terminan de formular imputaciones concretas, sí se expresan claras reservas sobre la legalidad de la adjudicación y del papel que en ella habría desempeñado el hermano de la presidenta de la Comunidad de Madrid".

Y añaden que, "no obstante esta falta de concreción, sí resulta procedente la práctica de algunas diligencias que, sin dirigirse inicialmente contra personas físicas o jurídicas, permitan confirmar o descartar la trascendencia penal de los hechos denunciados. Y ello, en primer lugar, por la relevancia que tiene el recto y normal funcionamiento de la Administración Pública con sujeción al sistema de valores instaurado en la Constitución, conforme a sus arts. 103 y 106; en segundo lugar, por la indiscutible trascendencia social del contexto en el que tienen lugar los hechos descritos en las denuncias, que se refieren a la, sin duda, necesaria y urgente compra de mascarillas en un momento singularmente difícil para la población madrileña".

y por todo lo anterior apostillan desde Anticorrupción que, "esta inicial indagación no puede llevarse a cabo sin la previa incoación de Diligencias de Investigación penal, imperativa cuando se recibe noticia de la comisión de hechos que pudieran tener relevancia penal, aunque los mismos no estén perfilados, sin que sea admisible la incoación de diligencias preparatorias, tal y como dispone la Circular 4/2013 de la Fiscalía General del Estado, sobre las Diligencias de Investigación".