El que fuera seleccionador español de baloncesto y exentrenador del Lointek Gernika, Mario López, ha sido condenado a cumplir 13 años y medio de cárcel por agredir reiteradamente a una jugadora menor de edad. Los hechos tuvieron lugar en 1998 y 2001 cuando la víctima tenía tan solo 13 años y el entonces entrenador 31. La víctima fue agredida al menos en cincuenta ocasiones y las conductas adoptadas por el acusado fueron “adquiriendo creciente relevancia en cuanto a frecuencia e intensidad”.
La víctima que en la actualidad tiene 39 años presentó la denuncia en junio de 2023, dos décadas después de las perpetuas agresiones. El escrito de la acusación señala que las agresiones tenían lugar en la casa del entonces entrenador quien “bajo excusas” llevaba a la víctima a su domicilio.
La sentencia concluye que el violador actuaba valiéndose de la posición de superioridad que le otorgaba su condición de entrenador. También recoge que el individuo se aprovechaba de la delicada situación personal y familiar con la que contaba la menor, así como del “temor” que le infundía. Por todo ello, el acusado ha sido condenado por un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal y con la agravación de víctima especialmente vulnerable.
La sentencia también recoge que la menor no prestó su consentimiento para que se llevaran a cabo los actos, “sin prestar ningún tipo de consentimiento, con su voluntad doblegada por el dominio ejercicio por el procesado con apoyo en todas estas circunstancias” .
El tribunal reconoce la credibilidad en las declaraciones de la víctima quien aporta una descripción detallada de los acontecimientos que tuvieron lugar, "parece revestido de una indudable consistencia intrínseca por la lógica y la coherencia en las explicaciones, por los detalles ofrecidos (…) y por la descripción del contexto en el que se produjeron", sin que se aprecien "lagunas, puntos oscuros ni contradicciones relevantes".
El informe de la Unidad Forense de Valoración Integral y las declaraciones de testigos en la vista oral confirmaron la situación de desprotección y dependencia que la víctima vivió durante esos años y reconocen “el temor y el miedo” que el entrenador influía en la menor.
En contraposición con la coherente declaración de la menor se encuentra el desordenado testimonio del acusado quien en un primer momento negó cualquier relación sexual ante el Juzgado de Instrucción. En sus primeras declaraciones el condenado afirmaba que existía una relación de carácter “platónico” entre ambos y que la entonces niña le dedicaba cartas de amor. Más tarde “admitió besos y tocamientos” en la vista oral. El acusado confesó sin embargo que “todo sucedió con el consentimiento” de la víctima. El reconocimiento por parte del condenado de estos encuentros sexuales aporta aún si cabe más credibilidad a las declaraciones de la víctima.
El tribunal estima que no hubo ningún tipo de consentimiento por parte de la jugadora pues la voluntad de la denunciante fue “quebrada, con violencia e intimidación”. La sentencia destaca también la actitud dominante que el exseleccionador adoptaba con las jugadoras y reprocha la “pauta de amedrantamiento y sumisión basada en el temor”.
El tribunal estima que se aplicaron “de modo inequívoco el ejercicio de la fuerza física por el procesado”. Por todo ello, la sentencia recoge que en ningún momento existió consentimiento por parte de la víctima, ni siquiera viciado y que las agresiones sexuales estaban acompañadas por violencia e intimidación.