La Fiscalía Europea ha hecho púbico un comunicado en el que afirma que abren una investigación por la compra de mascarillas de los gobiernos de Baleares y Canarias de mascarillas durante la pandemia, una compra que fue abonada con fondos europeos, lo que otorgaría la competencia al Ministerio Público europeo para investigar un presunto fraude de subvenciones. Pero esa decisión provoca una duplicidad en la investigación dentro del marco del Caso Koldo, así como un choque frontal con el criterio de Anticorrupción. Ambas fiscalías estarían investigando los mismos delitos al mismo tiempo. El magistrado instructor, Ismael Moreno, ha enviado un escrito a Anticorrupción en el que solicita "que se de traslado al Ministerio Fiscal sobre la procedencia, en su caso, de facilitar la información/documentación interesada por la Fiscalía Europea". Y es ahí donde surge el problema, pues el criterio de Anticorrupción es claro, pues lo expuso negro sobre blanco con el caso del hermano de Ayuso con una causa idéntica, los europeos no tienen competencias para investigar los delitos de prevaricación, malversación y tráfico de influencias.

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Pero además de lo anterior, es que también existen otras diferencias sustanciales que alterarían por completo la forma de investigar: en el caso europeo es el fiscal el instructor, y el juez solo es juez de garantías, en este caso será el polémico magistrado Manuel García-Castellón el que ejerza como juez de garantías al tocarle el asunto por turno de reparto. La otra diferencia fundamental es el hecho de que en Europa no existe la acusación popular, lo que dejaría fuera a PP y Vox, cuya personación en el caso ha sido admitida el magistrado Ismael Moreno.

El hermano de Ayuso

Esta bicefalia en casos abiertos no es nueva. Cuando saltó el caso del hermano de la presidenta de Madrid Isabel Díaz Ayuso, Tomás Ayuso, por una presunto fraude en la venta de mascarillas, caso ahora archivado, se produjo un choque de trenes entre fiscalías sin precedentes. En aquella ocasión, el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, rechazó la petición realizada desde la Fiscalía que dirigía la exfiscal de Gürtel, Concepción Sabadell, de que Luzón le enviara la investigación, incluyendo todas las diligencias practicadas hasta ese momento.

Los motivos que adujo el jefe de Anticorrupción fueron dos: el primero que no veía fraude; el segundo motivo era que los delitos investigados afectaban a funcionarios en España, y a su juicio, la Fiscalía europea no tendría competencia. Estos delitos eran: tráfico de influencias y prevaricación o negaciones prohibidas a funcionarios. Precisamente esos delitos están dentro de los que ha hecho públicos el ente europeo como los que presuntamente se podrían haber cometido.

La Fiscalía Europea ha abierto la investigación por posibles delitos de malversación, prevaricación y tráfico de influencias. La pregunta que surge ahora es si Luzón seguirá su propio criterio teniendo en cuenta que son casos que investigan un presunto fraude en la compra de mascarillas o, en este caso, cambiará y no plantará batalla ante los fiscales europeos como hizo con el caso del hermano de la presidenta madrileña.

En la bronca por el tema del hermano de Ayuso tuvo que ser la entonces fiscal general de Estado, Dolores Delgado, la que tomó la decisión final. Delgado tomó una decisión salomónica que enfadó y mucho, a Concepción Sabadell, pues tras escuchar a los fiscales de Sala de Supremo dividió la causa en dos. Desde la Fiscalía europea acusaron a Delgado de haberse saltado la legislación y de ser “parcial”. En aquella histórica decisión de Delgado, ésta daba competencias a los fiscales europeos para investigar "los delitos contra la Hacienda de la Unión, defraudación de subvenciones y ayudas europeas, el cohecho y la malversación, cuando perjudiquen de cualquier manera los intereses financieros de la Unión", pero no el resto de delitos.

Decreto de Delgado y comunicado de la Fiscalía Europea

El decreto firmado por Delgado espeficicaba: "el artículo 25.1 RFE dispone que, cuando la Fiscalía Europea decida ejercer su competencia, las autoridades nacionales competentes no ejercerán la suya respecto del mismo comportamiento constitutivo de delito. Esto significa que sí pueden hacerlo respecto de los demás hechos, con el límite que representan la participación en una organización delictiva centrada en cometer delitos contra los intereses financieros de la Unión Europea (artículo 22.2 RFE) y los delitos indisociablemente vinculados con un comportamiento constitutivo de delito contra los intereses financieros de la Unión Europea (artículo 22.3 RFE). Así, el artículo 4.3 de la LO 9/2021 establece que la competencia de los Fiscales europeos delegados se extenderá, en los términos previstos en el RFE, a los delitos indisociablemente vinculados a los que son de su competencia directa: referidos en el artículo 4.2 y que incluyen los delitos contra la Hacienda de la Unión, defraudación de subvenciones y ayudas europeas, el cohecho y la malversación, cuando perjudiquen de cualquier manera los intereses financieros de la Unión".

Este reparto 'del pastel' cabreó a los fiscales europeos que enviaron un comunicado en el que aseveraban que la decisión de Delgado “no se ajusta a la legislación europea”. Literalmente firmaban: “La Fiscalía Europea (EPPO) ha tomado nota de la decisión de 28 de marzo de 2022 del Fiscal General del Estado de dividir la competencia sobre los mismos hechos entre la Fiscalía Anticorrupción y la EPPO. La EPPO opina que esta decisión no se ajusta a la legislación de la UE y continuará su investigación”.

Un comunicado que también señalaba que, “la ley española que regula este procedimiento, que se refiere a la interpretación y aplicación del Derecho de la Unión, no prevé ningún recurso. Esto impide que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ejerza su mandato exclusivo de garantizar la correcta interpretación de la legislación de la UE y, por lo tanto, constituye un desafío a la supremacía de la legislación de la UE”.

Vox y PP fuera del caso

De momento, la única cosa que está clara es que, tanto Partido Popular como Vox, quedaran fuera de la parte del procedimiento que finalmente investigue la Fiscalía Europea. El motivo es que España es el único país europeo que conserva la figura de la acusación popular de una forma que podría definirse como “pura”. 

Así, en las causas que investiga la Fiscalía Europea solo pueden personarse los perjudicados y los fiscales. Este extremo no es baladí, pues ambos partidos políticos se quedarían fuera de la parte de la investigación que más consecuencias políticas está generando, ya que el PP no ha dejado de solicitar la dimisión de la actual presidenta del Congreso, y expresidente de Baleares, Francina Armengol. Y sin estar en el procedimiento, no podrán utilizar la vía jurídica para arrimar el ascua a su sardina con, por ejemplo, peticiones de declaraciones.