Las mascotas cada vez son las protagonistas en más hogares. Pero también es muy habitual ver como estas mascotas van sueltas por espacios naturales y, en muchas ocasiones, afectando a la fauna de dichos espacios. En Francia, por ejemplo, los perros tienen las entradas prohibidas en los parques nacionales del país, y en España la legislación les obliga a ir atados con correas fijas.
Por ejemplo, en el Parque Nacional de los Picos de Europa, una zona de amplia presencia ganadera y zona de Régimen Cinegético Especial, la normativa señala que los perros de los visitantes deben ir en todo momento atraillados, esto es, sujetos con correa. Lo contrario, además de poder dar lugar a daños a las personas, puede generar un conflicto con los perros de guarda de rebaños y dar lugar a denuncia por parte de la Guardería del Parque Nacional o por Agentes del SEPRONA.
Además de esto, llevar el perro suelto acarreará una sanción. La Ley de Bienestar Animal señala en el artículo 25 las “prohibiciones generales con respecto a los animales de compañía y silvestres en cautividad” y en su apartado d) prohíbe “dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en lugares públicos o privados de acceso público especialmente en los parques nacionales, cañadas donde pastan rebaños o animales u otros espacios naturales protegidos donde puedan causar daños a las personas, al ganado o al medio natural”.
Estas sanciones serán más o menos abultadas en función de la gravedad de las acciones. Para ello, la ley animalista hace una diferenciación entre leves, graves o muy graves.
Al ser considerada una infracción leve y teniendo en cuenta lo que dicta su artículo 76, el hecho he dejar suelto a tu perro durante una escapada por la naturaleza podría provocar una multa económica de 500 a 10.000 euros.
Por ejemplo, en el caso de Aragón, donde el Servicio Provincial en Huesca del departamento de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón ha incoado numerosos expedientes sancionadores en los últimos meses por estos motivos, señalan que la sanción correspondiente a la infracción es una multa, por importe entre los cien y los mil euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley de Espacios Protegidos en Aragón.
En todos los espacios protegidos de Aragón los perros pueden entrar pero deben ir atados, ya que si van sueltos pueden ocasionar daños o alteraciones en ecosistemas ya de por sí delicados. El caso más extremo se vio en el Parque Nacional de Ordesa, el espacio natural protegido del Alto Aragón más emblemático y que es visitado por unas 600.000 personas al año, donde el patronato en su día votó una propuesta para prohibir la entrada de los perros, incluso atados, que no prosperó. Esta medida sí se aplica en Francia, donde la entrada de perros está prohibida en todos los parques nacionales.
Francia prohíbe la entrada de perros en parques nacionales
Francia prohíbe la entrada de perros en los parques nacionales porque considera que pueden ser una fuente de estrés y perturbación para los animales salvajes, incluso pueden llevar parásitos que pueden transmitir a la fauna salvaje y doméstica.