Dos leyes aprobadas en menos de un año en materia de igualdad evidencian, por una parte, el progreso y la lucha por la recuperación de derechos, y, por otra, la todavía existencia de un problema que protagoniza la lucha de determinados colectivos sociales que anhelan poder vivir en una sociedad libre de juicios, de ataques y de odio.
De esta manera, la aprobación de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI; y de la Ley 15/2022, de 12 de julio, para la igualdad de trato y no discriminación, permitieron dar un paso firme hacia un escenario que condene todos y cada uno de los delitos de odio y que reconozca los derechos de los colectivos que a día de hoy se demuestran más vulnerables.
Hoy, 17 de mayo, se celebra el Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia, y desde el Consejo de Ministros han aprobado la correspondiente Declaración institucional en la que se reconoce a España como uno de los países más respetuosos con las personas LGTBI+ y líder en materia de políticas de diversidad sexual y familiar, desde que el 30 de junio de 2005 se aprobó el matrimonio igualitario, con su entrada en vigor el 3 de julio de ese mismo año.
Sin embargo, a pesar de que en las luchas sociales cualquier paso es válido y contribuye al avance, igual de necesarias fueron todas las leyes que vinieron después de esa marcada fecha. Así pues, con la aprobación de la Ley 4/2023 se prohibieron las terapias de conversión en todo el Estado Español para las personas trans y se estableció un marco que obligaba a a los poderes públicos a llevar a cabo las medidas necesarias que acabaran con la discriminacion hacia estas personas, así como la adopacion de políticas públicas que grantizaran los derechos de las personas LGTBI.
Todas estas leyes y políticas, han convertido a España en un país en el que el 60% de las personas LGTBI señalan que siempre han tenido un compañero de trabajo que les ha apoyado o defendido y en el que la mitad de los adolescentes LGTBI de entre 15 y 17 años consideran que en el colegio siempre hubo alguien que les apoyó. En este sentido, según reflejaban los datos de la macroencuesta realizada en 2019 por la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), el 43% de las personas LGTBI en España consideran que su Gobierno combate eficazmente los prejuicios e intolerancia hacia las personas de este colectivo. De igual manera, según el Eurobarómetro Especial 535 de 2023 sobre discriminación de la Unión Europea, el 80% de los españoles revelaron sentirse cómodos teniendo a una persona trans o intersexual en el cargo político electo más elevado, respecto al 58% de la media de la UE.
El camino por recorrer
Pese a todos estos progresivos avances, el trayecto que queda por delante hasta llegar a esa igualdad real y efectiva todavía es largo y precisa de más movilización y proactividad tanto de los actores políticos como sociales. Sin ir más lejos, la Agencia de Derechos Fundamentales de la UE señala que todavía el 48% de las personas LGTBI+ en España asegura evitar ir de la mano con su pareja en público y el 23% nunca hace visible su orientación o identidad sexual por miedo a la violencia y al odio.
Además, según los datos publicados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de todos los delitos de odio, aquellos vinculados con la orientación sexual encabezan el ranquin, constituyendo estos un 22,7%. Le siguen aquellos de origen racial (18,8%), por motivos de ideología (15,3%), por la nacionalidad de las víctimas (10,2%), por discapacidad (3%), por motivos de religión o creencias (2,8%), por antisemistismo (2,3%), por cuestiones de antigitanismo (1,7%) y aporofobia (0,6%).
Estos datos se obtuvieron a partir del estudio de las sentencias dictadas entre 2018 y 2022 por parte de los profesores Andrea Giménez-Salinas Framis, de la Universidad Pontificia de Comillas, y Jon-Mirena Landa Gorostiza, de la Universidad del País Vasco.
Cataluña y Madrid, a la cabeza
Además de presentar la orientación sexual como principal causa de los delitos de odio, los datos publicados en el estudio también señalaron a Cataluña como la Comunidad Autónoma donde más delitos de este tipo se cometen, concentrando el 42% de los casos analizados. A esta, le siguen Madrid (12,8%), Castilla y León y Canarias (7 %), Comunidad Valenciana (6,4 %) y Andalucía (5,25 %).
Referente al ámbito donde se cometen estos delitos, la vía pública registra el 31,4% , y, en segundo lugar, el ámbito digital, con el 18,9% de los casos, especialmente a través de las redes sociales.
Los grupos de extrema derecha encabezan las agresiones
Según las datos arrojados por el citado estudio, el 86% de los agresores son hombres, y su nacionalidad, aunque solo responde a la mitad de los hechos estudiados, es española en el 79,9% de los casos. Algo que difiere mucho si se atiende al perfil de las víctimas, donde seis de cada diez (64%) son hombres y, respecto a la nacionalidad, el 83,3% son extranjeras, en su mayoria de Latinoamérica y de países africanos.
Además, por lo que hace a los agresores, la mayoría de ellos se identifican con grupos de extrema derecha (54,3%). A estos, les siguen grupos extremistas religiosos (15,2%), grupos de extrema izquierda (13%), grupos proetarras (6,5%) y grupos independentistas catalanes ultras (4,3%).
Los delitos de odio, protagonistas en las sentencias
De todas las sentencias, dictadas en su mayor medida por audiencias provinciales, juzgados de lo penal, Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y juzgados de menores, el 65% contienen fallo condenatorio. Además, el tiempo de resolución se sitúa entre el año y los 3 años en el 71% de los casos.
En la misma línea, los delitos más frecuentes que se contemplan en estas sentencias son aquellos de incitación al odio, la violencia o la discriminación, representando un 62% del total. Les siguen los delitos de lesiones (10,6%), y los de trato denigrante (10,2%).
Prisión, la pena más frecuente
En el 33% de los casos estudiados, el órgano judicial competente impuso penas de prisión con duración que oscila entre 1 año, 1 mes y 4 días. A estas, le siguen las penas de multa (23%) y la de inhabilitación para votar (20,3%).
Con todo ello, a pesar de las leyes aprobadas en los últimos años por parte del Gobierno de España que demuestran el compromiso institucional en esta lucha, todos estos datos evidencian la necesidad de seguir colaborando hasta alcanzar la igualdad real y la lucha contra los delitos de odio, tanto en el interior de las fronteras como fuera de ellas. Así, desde el Consejo de Ministros han señalado en la Declaración insititucional: "El Gobierno de España reafirma su fuerte compromiso con los derechos de las personas LGTBI+ y contra la discriminación por orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o características sexuales sin olvidar la vulneración de derechos que tiene lugar en un gran número de países del mundo, en algunos de los cuales se mantienen legislaciones punitivas que implican, en algunas ocasiones, la pena de muerte. Por eso, entre las prioridades de nuestra acción exterior y cooperación internacional, se encuentra el apoyo a los derechos de las personas LGTBI+".