El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia de 'La Manada' y ha elevado las condenas para los cinco acusados a 15 años de prisión por un delito continuado de violación, admitiendo así los recursos de la Fiscalía, la víctima y las acusaciones populares que ejercen el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra.

El fallo se ha anunciado a medio dia de este viernes tras una deliberación de más de dos horas, que ha comenzado justo después de que concluyera la vista pública en la que los cinco magistrados de la Sala han escuchado los argumentos de acusaciones y defensas.

Tras esta deliberación, el alto tribunal considera que lo ocurrido en los Sanfermines de 2016 fue agresión sexual y no abuso, que es el delito por el que tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) habían condenado a 9 años de cárcel a José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Pozas y Alfonso Jesús Cabezuelo.

Esta nueva sentencia señala que hubo agresión sexual y por ello condena a José Ángel Prenda, Ángel Boza, Jesús Escudero, Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo "como autores de un delito continuado de violación de los arts. 178 y 179 con las agravaciones específicas de trato vejatorio y actuación conjunta".

El fallo del Supremo también obliga a los acusados a la "inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena", así como a la probhición de acercarse a la víctima "durante 20 años", ya sea su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar que sea frecuentado por ella, y "a una distancia inferior a los 500 metros". Además, se prohíbe a los condenados comunicarse con la joven "por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, y a 8 años de libertad vigilada; debiendo indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima por este delito en 100.000 euros".