Las crecientes tasas de divorcios internacionales y sustracciones transfronterizas de niños/as dentro de la UE requieren que se mejoren las leyes de la UE sobre resolución de conflictos, y para ello los  eurodiputados proponen que la ley debería enfatizar aún más la protección de los derechos del niño/a.  Europa se prepara para el debate manifestrando la necesidad de que quienes toman decisiones sobre los casos de sustracción de menores por parte de los padre/madres deberían ser jueces de familia y aunque les exige especialización y experiencia, no se define que criterios permiten evaluar la especialización.

Los eurodiputados ponen a los niños/as al frente de sus preocupaciones al adoptar sus propuestas para cambiar las leyes de la UE sobre la resolución de disputas internacionales de divorcio.  Reconocen la calidad de las propuestas de la Comisión para mejorar la regulación en vigor, pero los diputados al Parlamento Europeo proponen reforzar los derechos de los niños/as durante todo el procedimiento de resolución de disputas entre la pareja que se divorcia. Esto significaría especialmente garantizar que tengan derecho a expresar una opinión, que se obtendría mediante un procedimiento claro, sin ejercer presión sobre el niño/a y por un entrevistador experto especialmente capacitado.

Hay alrededor de 1.800 secuestros de menores por padres en la UE cada año.

Si un niño/a es sustrado en otro país de la UE por uno de sus padres, los eurodiputados proponen que los jueces de familia en ejercicio y se ocupen del asunto, para garantizar que se priorice el interés superior del niño/a. En ningun momento prevven que muchos de estos litigios se hallan cruzados por casos de violencia.

Al abrir el debate sobre el tema el miércoles, el ponente del Parlamento Tadeusz Zwiefka (PPE, PL) dedicó su intervención a enfatizar la importancia de la dimensión infantil.

“El niño es el eslabón más débil en las disputas entre padres y, por lo tanto, necesita toda la protección que podemos brindarle. Notablemente, la audiencia del niño es una cuestión clave que amerita disposiciones detalladas “, dijo.

Los diputados también quieren mejorar el intercambio de información y la cooperación entre las autoridades judiciales de los Estados miembros.

El dictamen del Parlamento fue aprobado por 562 votos contra 16 y 43 abstenciones. La opinión ahora pasará al Consejo, que es responsable de tomar una decisión en última instancia.

El Parlamento Europeo tiene un mediador para el secuestro internacional de niños por padres. Esta publicación está actualmente ocupada por Elisabeth Morin-Chartier

Refundición del Reglamento «Bruselas II bis» 

El 21 de noviembre de 2017, la Comisión de Asuntos Jurídicos del  Parlamento aprobó su informe sobre la propuesta de la Comisión de refundición del Reglamento «Bruselas II bis», relativa a la «libre circulación» de resoluciones judiciales en asuntos de familia no patrimoniales. Dado que se aplica un procedimiento legislativo especial, el Parlamento Europeo solamente es consultado. La votación está prevista en el Pleno de enero. Antecedentes El Reglamento «Bruselas II bis» de 2003 se refiere a la libre circulación de sentencias en materia matrimonial (excluida la propiedad matrimonial) y a las relaciones entre los hijos y sus padres (responsabilidad parental), incluidos los casos relacionados con problemas de sustracción internacional de menores. El Reglamento se refiere solo al reconocimiento y aplicación de decisiones judiciales en los Estados miembros distintos de aquel en que se dictaron y no regula cuestiones de Derecho sustantivo en materia de familia o detalles de procedimiento civil nacional en asuntos de familia. Se ha aplicado a todos los Estados miembros, a excepción de Dinamarca, desde el 1 de marzo de 2005.

Propuesta de la Comisión Europea

En junio de 2016, la Comisión adoptó una propuesta de refundición del Reglamento «Bruselas II bis». La propuesta suprime el procedimiento de exequátur (un procedimiento mediante el cual una resolución extranjera debe ser reconocida oficialmente por el Estado miembro de ejecución) e introduce en su lugar el reconocimiento automático de todas las resoluciones judiciales de otros Estados miembros de la Unión. La propuesta aclara también una serie de cuestiones relativas a los casos transfronterizos de sustracción de menores. De conformidad con el artículo 81, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, esta propuesta está sujeta a un procedimiento legislativo especial: el Consejo debe alcanzar la unanimidad, mientras que el Parlamento Europeo solamente es consultado. En el Consejo se celebró un debate político en junio de 2017, seguido de conversaciones en grupo de trabajo y de una reunión de los Consejeros JAI en noviembre de 2017. La cuestión más controvertida para los Estados miembros es la supresión del exequátur: mientras que una mayoría de delegaciones está de acuerdo sobre este objetivo, tienen opiniones divergentes sobre la manera de llevar a cabo la supresión del exequátur en asuntos de responsabilidad parental.

Posición del Parlamento Europeo

El 28 de abril de 2016, el Parlamento aprobó una Resolución sobre la protección del interés superior del menor en toda la Unión, en la que señalaba los principales problemas de la aplicación del Reglamento «Bruselas II bis», y destacó la necesidad de clarificar el marco jurídico para reforzar los derechos de los padres y salvaguardar el interés superior de los menores. El 15 de mayo de 2017, la Comisión de Peticiones del Parlamento aprobó una opinión sobre la propuesta, en la que considera que deben introducirse algunas modificaciones con el fin de hacerla aún más eficaz y ofrecer una mejor protección del interés superior del menor.
El 21 de noviembre de 2017, la Comisión de Asuntos Jurídicos (JURI) aprobó su informe sobre la propuesta. Propuso una serie de modificaciones, en particular, la ampliación de la definición de «decisión» para incluir documentos públicos (no solo judiciales) con fuerza ejecutiva y la creación de la posibilidad de que, cuando un menor cambie de residencia, los padres decidan que los tribunales del lugar de residencia anterior sigan teniendo competencia respecto de ese menor. La Comisión JURI introduciría el requisito de que los asuntos relativos a la sustracción de menores se decidan por jueces de familia en activo y experimentados en asuntos Servicio de Estudios del Parlamento Europeo Enero de 2018 PE 614.651 2 transfronterizos. Obligaría a la autoridad central competente para litigios en materia de custodia de menores a tratar por igual a ambos progenitores y a dirigirse a ellos en una lengua que comprendan. Propone también reforzar la posición jurídica de los niños mediante la ampliación del derecho del niño a ser oído, con normas detalladas sobre este tipo de audiencias.

 

Documentos :

Jurisdicción, reconocimiento y ejecución de decisiones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sustracción internacional de menores (debate)

Fecha:17-01-2018

Referencia:

P8_CRE-PROV (2018) 01-17 (19)

Documentos :

Jurisdicción, reconocimiento y ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sustracción internacional de menores (debate) (2)

Fecha:


CNS – Procedimiento de consulta
Reglamento

Jurisdicción, reconocimiento y ejecución de decisiones en materia matrimonial y de responsabilidad parental; secuestro internacional de niños. Refundir a

Derogación del Reglamento (CE) n ° 2201/2003 2000/0818 (CNS)
Reglamento derogatorio (CE) n ° 2201/2003 2002/0110 (CNS) 

Asunto
4.10.02 Política familiar, familia, permiso parental
4.10.03 Protección de la infancia, derechos del niño
7.40.02 Cooperación judicial en materia civil y comercial