La Audiencia Nacional ha dado carpetazo definitivo en cuanto a lo que su jurisdicción respecta al caso de torturas en la prisión de Guantánamo iniciado por  el juez Baltasar Garzón en 2009 y que según cables de WikiLeaks pusieron en alerta a EEUU contra el magistrado. La sección III de lo penal de la Audiencia Nacional ha considerado que la reforma de la Justicia Universal promovida en su día por el Gobierno del PP no permite continuar con el proceso.

Esta decisión de los magistrados ha cerrado las expectativas de continuar el proceso por parte de la acusación compuesta por  asociación libre de abogados (ALA), la Asociación pro Defensa de los Derechos Humanos de España APDHE, Hamed Abderrahman Ahmed, de Lahcen Ikassrien, así como dos organizaciones internacionales de Derechos Humanos, el  Center of Constitutional Rights de Nueva York y el European Center for Constitutional  an Human Rights de Berlin.

La investigación de Garzón
En abril de 2009 como juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón abrió una causa para investigar a los posibles “autores materiales, inductores, cooperadores necesarios y cómplices” de los delitos de torturas cometidos en Guantánamo. Las diligencias se iniciaron a partir de las denuncias de Hamed Abderrahman Ahmed, de Lahcen Ikassrien, de Jamiel Abdul Latif al Banna y de Omar Deghayes, que después de pasar por el penal aseguraron ante Garzón haber sido torturados.

Contra responsables norteamericanos
El proceso por crímenes contra la humanidad en su modalidad de torturas se dirigía contra responsables norteamericanos por el trato inhumano y delitos de aquella categoría en la prisión militar de Guantánamo.

WikiLeaks advierte posibles presiones
Una serie de cables de WikiLeaks, informaron de las supuestas presiones de la embajada norteamericana en Madrid contra el juez instructor, para que el caso se archivara. Tales acciones de haberse producido, resultaron inefectivas al continuar el caso por decisión del juez y del Tribunal de apelación.

¿Preocupación en EEUU?
Esta acción judicial desató al parecer en Estados Unidos un enorme clima de preocupación entre los más altos niveles de la Administración, siempre según desveló Wikileaks en noviembre de 2010 y tal y como recogieron los medios de comunicación.  Garzón fue considerado peligroso para los intereses de EE.UU. y según denunció Wikileaks, se buscó la fórmula para que no continuara con sus investigaciones.

VER PDF CABLE WIKILEAKS

 

... hasta que inhabilitaron al juez
Lo cierto es que mientras estuvo al frente del juzgado de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, el magistrado mantuvo viva la investigación.  Hasta que se vio  apartado de la Audiencia Nacional uno de los procedimientos que Garzón planteó con más solvencia y empuje  fue la causa de las torturas de Guantánamo. Tras la reforma de la Ley de Jurisdicción Universal, el caso se cerró, si bien la acusación recurrió.

No se vulneran derechos
Pero ayer la sala consideró que no se ha producido vulneración alguna ni de la Constitución ni del derecho de tutela. Frente a los argumentos de la acusación que afirmaba se habían vulnerado los artículos 26 y 27 de la Convención de Viena sobre los tratados internacionales. Para los magistrados “de los tratados que configuran el Derecho Penal Internacional no se deriva con carácter imperativo la necesidad de establecer en cada Estado firmante un modelo de Jurisdicción Universal absoluta o incondicionada”.

El caso Tíbet acabó con la Ley
La reforma de esta ley por parte del Gobierno de Mariano  Rajoy tuvo lugar coincidiendo con las protestas del Gobierno chino cuando se solicitó la extradición de dirigentes del ejecutivo de ese país en base al proceso por genocidio en el Tíbet. En este sentido la Sala hace referencia a dicha modificación con un tono de crítica.

“Actividad jurisdiccional expansiva de la Audiencia”
“La regulación legal de la Jurisdicción Universal en España es fruto de una evolución en que una actividad jurisdiccional expansiva por parte de la Audiencia Nacional  ha situado a nuestro país como polo de atracción para procedimientos en los que los presuntos autores no se encontraban en nuestro territorio”, explica el auto que añade: “no existían criterios relevantes de conexidad lo que provocó una doble reacción legislativa para establecer un criterio cada vez más restrictivo”.

Tranquilidad en EEUU
Lo que la acusación planteaba es que España tiene jurisdicción para someter a su conocimiento los presuntos delitos de torturas y contra el Derecho de Guerra, pues de no hacerlo así se violaría lo dispuesto en los convenios de Ginebra y en el convenio contra la tortura. Los jueces han desestimado tal planteamiento. Como en China, los responsables norteamericanos pueden estar ya tranquilos.