La decisión a la que se enfrenta el Gobierno sobre el problema del indulto a los independentistas condenados por sedición y en prisión tras el procès, planea como una sombra incómoda sobre el futuro inmediato, con las elecciones de Cataluña a la vuelta de la esquina.  

Para pronunciarse se requieren informes previos de la Fiscalía del Supremo, del Tribunal Supremo que sentenció, y de la Abogacía del Estado. La Fiscalía del Supremo ya se ha pronunciado negativamente, con términos que en medios jurídicos se han considerado que excedían los criterios técnicos e incluso afirmaciones que podrían entrañar un reproche al Ejecutivo. 

¿Qué se puede esperar de la Sala II del Tribunal Supremo que enjuició y condenó a los políticos del procès? Pienso que los ciudadanos podríamos proponer, tras el desafío de la Fiscalía del Tribunal Supremo, que los jueces no caigan en la misma soberbia que sus colegas fiscales y que no interfieran en las decisiones políticas del Gobierno.  

Al Tribunal Supremo le corresponde pronunciarse técnicamente. Dictaron una condena por sedición de acuerdo a la ley, y eso nadie lo va a cambiar. Pero también podrían suavizar su postura por razones meramente jurídicas.

En este momento, se desarrolla el inicio de un proceso de modernización del delito de sedición que, sin duda, afectará a la duración de las penas. Lo que comentan fuentes jurídicas es que las penas ya impuestas deberían tener en cuenta las posibles penas futuras tras la modificación legal.

Eso, supondría, simplemente, un tema de Justicia. El tribunal mostraría una posición política neutra que no conllevaría una debilidad o una merma de autoridad, sino por el contrario, un ejemplo impecable de lo que debe tener en cuenta una institución moderna --una de cuyas funciones es sentar jurisprudencia- al tomar en consideración la actualización de la ley y sus efectos a medio y corto plazo. 

El presidente de la sala de lo Penal, Manuel Marchena, es un hombre inteligente, sensato y de altura profesional innegable. No sería extraño que sopesara la situación y llevara a sus colegas por esa vía que normalizaría las cosas. 

La ley, que por cierto data de 1870, indica que el indulto total se otorgará a los penados tan sólo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública, a juicio del Tribunal sentenciador y del Consejo de Estado. Aquí se darían esas tres razones: Justicia y equidad por la modernización de la legislación y utilidad pública que es evidente, pero eso le corresponde determinarlo al Gobierno. 

Como ha dicho el presidente Sánchez cuando habla de Cataluña, todos hemos cometido errores. Sería bueno que la sociedad recuperara su confianza en la Justicia, mirando hacia delante. Sería la llave para empezar una etapa nueva.