A la hora de usar nuestro coche, los navegadores GPS son indispensables si no sabemos la ruta por la que alcanzar nuestro destino. Hoy en día, hay muchas aplicaciones que sustituyen a los GPS tradicionales, por lo que usamos nuestros teléfonos móviles como tal (otra función entre las muchas que tienen los smartphones a día de hoy), acompañado de un soporte para poder verlo correctamente.

Pero con la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que introdujo la Dirección General de Tráfico el pasado mes de marzo la situación ha cambiado ligeramente. No es posible escoger cualquier tipo de soporte, ya que emplear uno que esté prohibido puede acarrear una multa de 100 euros.

Como evitar la multa

Los accesorios para el uso del navegador no pueden colocarse en el cristal. La DGT solo acepta los soportes que se colocan debajo de la zona de visión del conductor y no interfieran en una zona que se pueda dejar de ver lo que sucede delante. Por ello solo pueden ir pegados a la zona del salpicadero: los soportes que se adecúan a las rejillas de ventilación, los que se pegan mediante ventosas a otras zonas debajo del cristal etc.

También hay posibilidad de ponerlo en el cuadro de instrumentos o el volante, si dispone de una cúpula o un embellecedor. Esto es algo que prefieren muchos conductores porque el teléfono queda entre el volante y la carretera como si fuera un ‘head-up display’.

De cualquiera de estas maneras, se puede seguir usando el navegador mientras se evita recibir una multa de cien euros.

Otras multas nuevas

Esta no es la única novedad del reglamento que tiene que ver con estos dispositivos. Manipular el navegador durante la conducción también está sancionado, ahora con una multa mayor que la anterior: 200 euros y la pérdida de 6 puntos en el carné de conducir.