Parece que los ERTEs han llegado para quedarse este verano, al menos hasta el 30 de septiembre, gracias al acuerdo por la ampliación del Gobierno, sindicatos y empresarios. Para ello, el Ministerio de Trabajo ha realizado algunos cambios en la exoneración de cotizaciones sociales para asegurar la supervivencia de los sectores más afectados en los meses de verano.

Una de las dudas principales de los trabajadores afectados por un ERTE es saber qué ocurrirá con sus vacaciones mientras se encuentran en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o lo han estado en los meses pasados. ¿El ERTE genera días de descanso? ¿La empresa puede anular las vacaciones? ¿Se pierden días de vacaciones si coincide con el ERTE?

El presidente de Viscofan, Domingo Ampuero, ya explicó en la macrocumbre de la CEOE que este año las vacaciones “las debe tomar el que pueda y cuando pueda”. El empresario reconoció que las empresas “están algunas con el agua al cuello, otras muy mal” y que la situación es crítica.

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Unas declaraciones que van en línea de lo que denuncian algunos trabajadores estos días ya que los jefes están negando las vacaciones o descansos este verano, alegando verse afectados por la crisis del coronavirus.

¿La empresa puede anular las vacaciones?

No, ni siquiera ante una situación muy excepcional. Las vacaciones son un derecho laboral para el trabajador relacionado con el descanso que no puede ser negado por la empresa de forma unilateral. Según recoge el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores tienen reconocido por ley al menos 30 días naturales al año de vacaciones retribuidas.

El periodo de disfrute debe fijarse por un acuerdo entre el empresario y el trabajador, por lo que la empresa no puede imponer las fechas de vacaciones. En el caso de que no haya acuerdo entre ambas partes, serán los tribunales quienes fijen el periodo y su decisión será irrecurrible.

El empresario tampoco puede cambiar unas vacaciones ya asignadas de forma unilateral, sino que el procedimiento consiste en renegociar con el empleado para cambiar las vacaciones, justificando la situación de crisis actual. Además, los expertos aseguran que tendría que negociarse con un periodo de antelación de dos meses.

Esta situación está siendo especialmente repetida en hospitales y centros sanitarios, donde se pide a los profesionales que cojan el máximo de vacaciones posible en verano para estar disponibles ante un posible rebrote del coronavirus con el inicio del otoño.

En el caso de que finalmente la empresa anule las vacaciones al trabajador de forma unilateral, o bien las retrase, el empleado puede acudir a la Inspección de Trabajo, que sería la encargada de sancionar a la empresa. Por otro lado, el trabajador tiene la posibilidad de denunciar la situación en los juzgados para reclamar su derecho al periodo de vacaciones, con 20 días naturales para hacerlo.

¿Cómo afecta un ERTE a las vacaciones?

Esta es la principal duda de los trabajadores acogidos a esta medida temporal de cara a sus vacaciones. Según las cifras oficiales del Ministerio de Trabajo, todavía habría dos millones de trabajadores afectados por un ERTE, con diferentes resultados según la situación.

En el caso de un ERTE total, con suspensión de contrato temporal, el periodo que el trabajador haya permanecido en un ERTE no genera días de vacaciones. Es decir, el trabajador no disfrutará de los 2,5 días de vacaciones mensuales que habría acumulado en el caso de estar trabajando.

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En esta situación el trabajador tampoco perdería el periodo de vacaciones si estaban reconocidas antes del ERTE y coincidían con ese periodo. Es decir, si un trabajador tenía asignada una semana de vacaciones en junio y durante este periodo estaba acogido a un ERTE, no pierde esa semana porque no la ha disfrutado, sino que podrá renegociar de nuevo esos días de vacaciones con la empresa a la salida del ERTE.

Por otro lado, en el caso de un ERTE con reducción de jornada, el trabajador puede tomarse vacaciones ya que está trabajando, aunque sean menos horas. El empleado podría disfrutar de este periodo si estaba reconocido y asimismo, la empresa deberá negociar con el empleado si quiere proponer un cambio de fechas por la situación actual.

El principal problema en este caso es que el trabajador genera los mismos días de vacaciones por cada día trabajado en ERTE pero no con la misma remuneración. Así, el pago del día de descanso se hará en proporción a las horas trabajadas.

Es el caso de un empleado que ha trabajado a jornada completa en febrero y marzo pero en abril se ha visto afectado por un ERTE de reducción de jornada a la mitad. Según la legislación, el trabajador acumula 2,5 días mensuales pero los de febrero y marzo estarán remunerados con el 100% del salario y los de abril solo con el 50%.

¿Y la paga extra?

Más allá del periodo de vacaciones, otra de las dudas de los trabajadores es qué pasa con la paga extra que muchas empresas ofrecen a sus empleados en verano. En este sentido, si el trabajador está con el contrato suspendido temporalmente no ha generado la parte de esa remuneración extra. Lo mismo ocurre si se encuentra en una reducción de jornada, solo generaría la parte proporcional del salario.

Por ejemplo, un empleado genera 100 euros de paga extraordinaria mensualmente para sumar al final 1.200 euros. Si en abril y mayo el empleado se ha visto afectado por un ERTE de reducción de jornada del 50%, solo habrá generado 50 euros de paga extraordinaria, por lo que la cantidad será de 1.100 euros.