El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado este jueves que todos los gastos derivados de una cláusula abusiva de constitución o cancelación de una hipoteca deben ser devueltos por el banco al cliente. Esta entencia es contraria al criterio del Tribunal Supremo, que optó por repartirlos entre el usuario y la entidad financiera. 

La sentencia europea indica, sin embargo, una excepción: que el derecho nacional establezca lo contrario a esa norma. Tal excepción se aplicaría al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), el único sobre el que había legislación previa a la ley hipotecaria del año pasado, y que correspondería pagar al cliente. El usuario sí tiene derecho a que se le devuelvan íntegramente las cantidades que pagó al notario, la gestoría o el registro, sobre los que no existía regulación antes de junio de 2019.

El IAJD representa más de la mitad de los gastos

La salvedad del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados limita el efecto que puede tener la sentencia europea sobre los consumidores porque ese gravamen era una parte sustancial de los desembolsos que tiene que hacer el cliente a la hora de adquirir una vivienda: representa más de la mitad de los gastos.

La sentencia europea obliga a devolver el resto de gastos

El Tribunal Supremo señaló en 2015 que una cláusula que imponía al prestatario hacerse cargo de todos los gastos de apertura o cancelación de una hipoteca era abusiva y por tanto los jueces debían declararla nula. Pero quedaba la duda de qué se hacía entonces con las cantidades que el cliente había pagado en virtud de esa disposición.

En enero de 2019, el Supremo decidió que la mayoría de gastos se repartían por la mitad entre el banco y el usuario. Pero ahora el tribunal europeo rechaza esa solución, que implicaba no resarcir en su totalidad al consumidor que ha litigado contra una cláusula abusiva.

Según el tribunal europeo, si se declara como nula una cláusula abusiva que carga al cliente con el pago de todos los gastos de constitución y cancelación de una hipoteca, el Derecho comunitario se opone a que el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades pagadas. En esta situación, según cifras de asociaciones de consumidores, se encontrarían ocho millones de clientes de bancos.