Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) se oponen a la supresión del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalías) por el agujero de 2.500 millones de euros que provocaría en las arcas municipales después de que el cálculo del tributo haya sido declarado inconstitucional y se haya paralizado de facto su aplicación.

No obstante, el organismo aboga por supeditar el borrador anunciado por el Ministerio de Hacienda para modificar este impuesto al informe de los expertos para la reforma fiscal. De hecho, los técnicos proponen un nuevo impuesto municipal de Plusvalías de los Terrenos -urbano y rústico- que se determine por la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión del suelo. Por su parte, GESTHA explica que sería un impuesto directo, de carácter real, objetivo, no periódico, de titularidad municipal y de carácter potestativo, cuyo desarrollo reglamentario seguirán siendo las ordenanzas fiscales que aprueben los Ayuntamientos como en la actualidad.

¿Qué sugieren?

Los técnicos sugieren que la plusvalía se calcule según las reglas del IRPF o el Impuesto sobre Sociedades. De esta forma, la base imponible será siempre una plusvalía del suelo, y no se exigirá el tributo si la diferencia es negativa. Por otro lado, para evitar el fraude extendido de escriturar un valor por debajo del precio realmente pagado, GESTHA considera que el valor de transmisión sea el mayor entre el valor real o el valor de referencia que determinará el Catastro.

Transmisiones inmobiliarias y Doble imposición

En las compraventas inmobiliarias entre particulares, sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, recomiendan que el nuevo Impuesto de Plusvalías se exija al vendedor por el aumento de valor de los terrenos urbanos, al que también se le exigirá el IRPF por la ganancia o pérdida patrimonial obtenida. Para evitar una doble imposición en estos casos, proponen que el nuevo tributo sea deducible de la base imponible del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades del vendedor que grava la ganancias o pérdida patrimonial producida. No obstante, aclaran que no existe doble imposición en Sucesiones o Donaciones, donde el Impuesto de Plusvalías se exige al heredero o al donatario que reciben los inmuebles.

Cooperación entre Administraciones tributarias locales y la AEAT

GESTHA insiste en la importancia de reforzar la cooperación, colaboración e intercambio de información relevante entre las distintas Administraciones tributarias locales y la AEAT para mejorar la gestión, la inspección y la recaudación de los tributos locales. Según José María Mollinedo, secretario general de Gestha,“no cabe la supresión del IIVTNU por la importante pérdida recaudatoria de los municipios, sino una reforma importante; pero no debe exigirse una solución apresurada ahora cuando la reforma de este impuesto está pendiente desde la primera Sentencia del Tribunal Constitucional de febrero de 2017, si bien con anterioridad varios Tribunales Superiores de Justicia habían cuestionado algunos aspectos sustanciales del tributo”.