El Centro de Asesoría y Estudios Sociales CAES ha conseguido una sentencia judicial pionera que podría sentar jurisprudencia y beneficiar a miles de inquilinos. La encargada de comunicarlos ha sido Alejandra Jacinto, la que fuera diputada de la Asamblea de Madrid por Podemos y portavoz de Vivienda de Sumar. La abogada y activista por el derecho a la vivienda, que retomó a su actividad laboral tras abandonar la política, ha anunciado la decisión judicial a través de las redes sociales y junto a un compañero de bufete.
“Tenemos una buena noticia para los derechos de los inquilinos”, ha introducido Jacinto. “Acabamos de recibir una sentencia que anula por primera vez en Madrid el seguro del impago en el contrato de alquiler”, ha confirmado antes de dar paso a su compañero Javier Rubio. “Actualmente, cada vez más empresas de alquiler están imponiendo a los inquilinos una especie de seguro a su favor, por el cual se tiene que pagar una cantidad anual o mensual para sufragar una póliza a favor del casero en caso de impago”, ha lamentado el también abogado y activista.
BOOOM! 💥
— Centro de Asesoría y Estudios Sociales CAES (@CAES_Coop) October 3, 2024
Conseguimos la primera sentencia en Madrid que anula el "Seguro de impago" en un contrato de #alquiler.
La inquilina no tendrá que seguir pagando esta cláusula abusiva y recupera todo lo ya abonado 🤑
Te lo explican @AleJacintoUrang y @JavierRubioTT en este vídeo 👇🏽 pic.twitter.com/VNO40vPjBC
El proceder de caseros es el mismo que con los gastos de inmobiliarias: contratan un servicio para su disfrute, pero lo paga obligado el inquilino. “Cada vez es más frecuente este tipo de abuso”, ha denunciado Jacinto, señalando a fondos buitre como “Nestar o Fidere” y a “otras empresas inmobiliarias”. “Están colocando e imponiendo este seguro de impago, que es una cláusula abusiva, en los contratos de alquiler”, ha explicado. Sin embargo, y después de muchas protestas al respecto, un tribunal madrileño ha certificado que este proceder es ilegal.
“La sentencia anula esta cláusula y declara ilegal trasladarle al inquilino el riesgo del negocio inmobiliario”, ha desgranado Rubio. “Además, condena a esta empresa a devolverle todas las cantidades a la inquilina, desde el inicio del contrato y más los intereses”, ha desgranado. Esta sentencia, pionera en lo jurídico, “abre la puerta a que miles de inquilinos puedan reclamar sus derechos”, ha zanjado Jacinto, antes de lanzar una llamada a la movilización: “informarse, defenderse y actuar”.
Cobro ilegal del seguro y otras cláusulas abusivas
El cobro ilegal al arrendatario de un gasto u obligación del arrendador no es algo nuevo, lleva sucediendo toda la vida con los honorarios de las inmobiliarias, pero su imposición es ilegal según la propia Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En su artículo 20, la norma establece que “las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario”, aspecto que no cumple el seguro del alquiler.
Asimismo, se considera una cláusula abusiva impuesta porque es el arrendador quien hace todos los trámites necesarios para su contratación y quien elige la empresa aseguradora, la modalidad del seguro, la prima y otras condiciones. Otros procederes habituales en esta línea son la incorporan a la renta mensual de cuotas en concepto de IBI o comunidad, gastos que siempre deberían estar a cargo de la entidad propietaria.