El secretario de Estado de la Seguridad Social, Borja Suárez, y la directora del Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria, Rosa Prieto, han informado sobre las medidas del primer paquete de respuesta inmediata aprobadas por el Gobierno para los afectados por la DANA. Lo han hecho en una rueda de prensa desde La Moncloa tras la reunión del Comité de crisis para el seguimiento de los efectos de la DANA.

Suárez ha subrayado que este miércoles se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley que reúne un “ambicioso” conjunto de medidas urgentes aprobado por el Consejo de Ministros, con un valor estimado de más de 10.600 millones de euros y con el que el Gobierno potencia la red de protección ya establecida en catástrofes anteriores, como la pandemia del coronavirus o el volcán de La Palma.

En primer lugar, destacar las ayudas directas a las familias y a las empresas. El Gobierno ha incluido en el paquete de medidas ayudas directas a autónomas y pymes que se van a transferir para alrededor de 95.000 pymes y autónomas con domicilio fiscal en las zonas afectadas por la DANA por un valor total de 838 millones de euros. En el caso de los autónomos, estas ayudas se estima que llegarán a unos 65.000 beneficiarios y serán de 5.000 euros, con un coste de 325 millones de euros. para las pyes, oscilarán entre los 10.000 para los que tengan menos de un millón de euros de volumen de operaciones en el ejercicio de 2023 o del importe neto de la cifra de negocios y hasta 150.000 euros para las empresas con más de 10 millones de euros de cifra de negocios, estimándose unas 30.000 empresas beneficiarias y un coste de 513 millones de euros.

Estas ayudas se podrán solicitar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y se podrán pedir desde el próximo 19 de noviembre, siendo realizado el pago a partir del 1 de diciembre. En la sede electrónica de la Agencia Tributaria se informará a los afectados de los procesos de solicitud.

Los autónomos afectados también pueden solicitar la prestación por cese de actividad que corresponderá al 70% de su base de cotización, incluyendo la exoneración total de las cuotas a la Seguridad Social y la posibilidad de cese total o parcial. Como novedades, se podrá solicitar la prestación, aunque no se hayan cumplido los doce meses mínimos exigidos por ley para acceder a ella, no se consumen futuras prestaciones, se computa como cotizado y tendrán efectos desde el 29 de octubre.

Esta prestación, con un coste estimado de 52,2 millones de euros y una estimación de 68.000 beneficiarios, pueden solicitarse desde este jueves ante las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.

Exenciones, reducciones fiscales y flexibilización de plazos

Este paquete de medidas declara exentas del IRPF y del Impuesto de Sociedades las ayudas directas para autónomos y empresas, y las ayudas para daños personales provocadas por el temporal. De la misma forma, se declara exenta la cuota del IBI del ejercicio 2024 y se aprueba una reducción proporcional en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de 2024 para inmuebles y entidades afectados.

A esto hay que sumar la exención de determinadas tasas: por expedición del DNI, de la Dirección General de Tráfico (DGT) para la tramitación de bajas por vehículos dañados y por duplicados de permisos de circulación o conducción destruidos y dañados. Tampoco habrá que pagar la tasa de acreditación catastral para certificaciones de inmuebles y se declaran inembargables todas las medidas previstas en el Real Decreto-Ley.

De la misma forma, los ciudadanos de estas zonas afectadas podrán retrasar tres meses el periodo de pago voluntario del segundo pago del IRPF, hasta el 5 de febrero de 2025. Esta medida afecta a unos 200.000 contribuyentes en la provincia de Valencia.

Para atender a los contribuyentes incursos en algunos procedimientos, se ha acordado extender hasta el 30 de enero de 2025 los plazos de los trámites y procedimientos tributarios que vencían a partir del 28 de octubre. Esta medida afecta, entre otros, a la presentación de declaraciones, requerimientos, alegaciones, recursos y reclamaciones, subastas de bienes y trámites catastrales. También se extienden hasta el 5 de febrero los plazos de ingresos de liquidaciones, deudas y fracciones de aplazamientos que no hayan concluido a la entrada en vigor de este Real decreto este jueves.

A su vez, se facilita el aplazamiento de pago para declaraciones con plazo de presentación desde el 28 de octubre hasta el 30 de enero. Así, se aplaza 24 meses sin intereses de demora en los seis primeros meses, siendo una medida que tendrá un impacto económico de unos 300 millones de euros.

Reducción de módulos agrícolas

A través de una orden ministerial de Hacienda, el Gobierno aprobará también una reducción de los módulos agrícolas, tanto en el ámbito de estimación objetiva del IRPF y del régimen especial simplificado de IVA para explotaciones y actividades agrícolas que hayan sufrido los efectos de la DANA.

Incapacidad temporal extraordinaria, aumento del IMV y pensiones no contributivas

Se crea una incapacidad temporal extraordinaria de trabajadores con dolencias físicas o psicológicas por la DANA, a las que se garantiza una prestación mayor con el cobro del 75% de su salario desde el primer día de incapacidad. Las pensiones por incapacidad, viudedad y orfandad causadas por la DANA también se asimilarán a accidentes laborales y verán aumentadas su cuantía y mejoradas sus condiciones al calcularse en función de los ingresos totales del último año.

De la misma forma, unos 33.000 hogares beneficiarios del ingreso mínimo vital (IMV) o los perceptores de pensiones no contributivas de estas zonas verán incrementada un 15% la cuantía de la prestación que viniesen percibiendo durante tres meses, desde noviembre hasta enero de 2025. Este incremento especial supondrá un coste estimado de 11,5 millones de euros.

ERTE por fuerza mayor

En cuanto a los ERTE por fuerza mayor, las empresas pueden suspender temporalmente la relación laboral o reducir jornada por fuerza mayor, introduciéndose una mayor protección, de forma que quedarán exentas de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social, al menos hasta el 28 de febrero de 2025.

Se estima que afectará a más de 350.000 trabajadores y más de 26.000 centros de trabajo, con un coste de 147,9 millones de euros. Las empresas deben solicitar el ERTE ante la autoridad laboral. Suárez ha explicado que la Administración está acometiendo una flexibilización de plazos para los trámites y el adelanto de los pagos.

El secretario de Estado de la Seguridad Social ha cuantificado en alrededor de 400.000 trabajadores la cifra de potenciales beneficiarios de los ERTE por fuerza mayor para proteger a los asalariados y la prestación por cese de actividad para autónomos. Por eso, Suárez ha destacado que están “dando una respuesta urgente que busca proteger a los ciudadanos afectados con seguimiento exhaustivo y diario para que, en su caso, nos adaptemos para una reactivación ágil y lo más intensa posible”.

Información y asistencia

Por último, la Agencia Tributaria ha creado en sus oficinas de la provincia de Valencia puntos especiales de atención a los afectados, tanto en relación con necesidades de información y asistencia sobre las medidas de índole tributaria del Real Decreto como para facilitar cualquier trámite.

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