La Agencia Tributaria ha solicitado a los fondos y vehículos patrimoniales que devuelvan la cantidad desgravada por las pérdidas de su participación en Banco Popular. Según Expansión, Hacienda ha enviado requerimientos a los grandes inversores reclamando la cantidad desgravada durante los últimos ejercicios desde la resolución en 2017.

Este procedimiento no afecta a todos aquellos inversores de Popular, sino solo a los que tributan por la ley de sociedades y que tuvieran al menos un 5% del capital de la entidad o una participación valorada en más de 20 millones de euros en el momento de compra. Por su parte, los accionistas minoritarios no deben devolver nada ya que tributan por el IRPF y no por el Impuesto de Sociedades.

La ley regulatoria del Impuesto de Sociedades establece que los grandes inversores, principalmente fondos y sociedades patrimoniales, pueden deducirse las pérdidas generadas por la “extinción de la entidad participada” pero no explica nada si es fruto de una reestructuración, tal y como ocurrió con Banco Popular.

Hacienda considera que la resolución de Popular fue un tipo de reestructuración y no una extinción según la normativa europea. Lo que ocurrió fue que, tras ser declarado inviable por el Banco Central Europeo la madrugada del 6 al 7 de junio de 2017, la Junta Única de Resolución ordenó la amortización de todas las acciones de Popular y sus dos emisiones de CoCos, además de la conversión en acciones de nueva emisión de la deuda subordinada.

Las acciones se vendieron a Banco Santander en una subasta competitiva exprés por un euro como precio simbólico. En ese momento, Popular pasó a ser una filial del Santander y mantuvo su personalidad jurídica hasta septiembre de 2018, cuando se produjo un proceso de absorción por parte de la entidad de Ana Botín.

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Diferencias de interpretación de la norma

Debido a la diferencia de interpretación de la norma, Hacienda reclama la cantidad desgravada incorrectamente, además de recordar a los grandes inversores que no pueden seguir aplicándola en los años posteriores. A pesar de que aún no se conoce la cifra reclamada, el coste para estos inversores podría ser de varios millones de euros.

Sin embargo, son solo unos pocos los que se verán afectados por esta reclamación ya que la desgravación solo la podían aplicar accionistas que tributan en España a través del Impuesto de Sociedades. En la misma línea, los grandes fondos y firmas de inversión como Blackrock o Allianz solo deben devolver la cantidad desgravada si tienen algún vehículo con sede en España y han contabilizadas las pérdidas para reducir su base imponible.

En esta situación se encuentran inversores individuales como Mutualidad de la Abogacía, con pérdidas de 54 millones; Félix Revuelta, que declaró pérdidas de 45 millones o la familia Nigorra, con 90 millones menos tras la reestructuración de Popular. Todos ellos contaban con porcentajes inferiores al 1% pero con un valor inicial superior a los 20 millones de euros.