La Audiencia Nacional ha absuelto a Iberdrola Generación España y a cuatro de sus directivos del delito por el que asociaciones de consumidores y la Fiscalía acusaban a la eléctrica de haber inflado el precio de la luz en 2013. El magistrado del Juzgado Central de lo Penal, José Manuel Fernández Prieto, ha asegurado ahora que el departamento de Gestión de la Energía "gozaba de autonomía en la toma de las decisiones que afectaban a su competencia". Es decir, que tenía libertad para decicir el precio de la electricidad dentro de los límites marcados. Asimismo, mantiene que esta autonomía era "conocida y consentida por la compañía" y que "no estaba sujeta al control del consejero delegado, del jefe del Departamento de Negociado Liberalizado del que orgánicamente dependía, o del Consejo de Administración, a los que no daba cuenta de su actuar".

El juez encargado del caso, en la Audiencia Nacional desde hace meses, certifica ahora que el departamento de Gestión de Energía aprobó los estudios y las propuestas de los traders, es decir, los técnicos que fijaban las ofertas que sacaba al mercado Iberdrola a través de la energía generada en sus centrales hidroeléctricas situadas en las cuencas de los ríos Duero, Sil y Tajo. Asimismo, el juez ha dejado constancia este miércoles de que Iberdrola Generación "puso en el mercado toda la energía hidroeléctrica de que disponía" entre el 30 de noviembre y el 23 de diciembre de 2013, por lo que no sacó del mercado esa fuente de energía. 

Así lo ha mantenido la defensa de Iberdrola durante todo el proceso, en las diferentes comparecencias, así como también lo han corroborado testigos ante el juez de la Audiencia Nacional. El juez constata ahora que "las propias acusaciones en sus escritos de conclusiones no niegan dicho extremo" y fundan la comisión del delito "exclusivamente en el precio en que esta compañía ofertó en el mercado la energía hidráulica que producía, que entienden era excesivo e injustificado, lo que motivo que no se casara". La Fiscalía denunciaba que el aumento del precio de la electricidad comercializada por Iberdrola a finales de 2013 correspondía a un delito mientras que para la eléctrica simplemente se trata del impacto de las condiciones climatológicas en la generación de energía en sus centrales hidroeléctricas.

Iberdrola explica la subida del precio de la luz en 2013 por la sequía

Es decir, Iberdrola se ha remitido en todo momento a la falta o los niveles de lluvia para llenar sus centrales hidroeléctricas como parte del argumentario para subir el precio de la luz en el periodo analizado. Un argumentario que ahora respalda la Audiencia Nacional. "Se venía de una sequía de larga duración, de más de 40 días, a la que pone fin una ciclogénesis explosiva que tiene lugar el 23 de diciembre de 2013" -explica el propio juez en la sentencia emitida este miércoles- "Para un profano en la materia resulta claro que a ninguno de esos parámetros puede restarse importancia, pues con arreglo a las normas de la lógica el volumen de agua embalsada resultaría a priori como un dato relevante en su utilización para generar energía hidráulica, pero ello no puede descartar sin más la importancia del producible".

La explicación de la Audiencia Nacional no queda ahí, sino que el juez va más allá en su sentencia: "Resulta de mero sentido común que, por mucha que sea el agua embalsada, si no llueve y no se espera que llueva, las reservas se agotaran con rapidez, y si se usa toda en un mes no se va a tener en los siguientes, hasta en tanto vuelvan las precipitaciones que nutran de agua a los embalses".

El juez considera que la acusación de inflar el precio de la luz corresponde a una "interpretación extensiva del tipo --del delito-- que no se revela congruente con los principios de intervención mínima y de legalidad que regulan el derecho penal". Asimismo, recuerda que "la energía hidroeléctrica es y era al tiempo de los hechos enjuiciados de libre mercado", por lo que Iberdrola tenía libertad para marcar el precio deseado. 

La sentencia conocida este miércoles incluye también una crítica al trabajo realizado por los peritos de la Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia (CNMC) como organismo regulador. Según el juez encargado del caso, en la investigación de los peritos "se fundamentan de forma casi exclusiva las pretensiones de condena". En esta línea, acusa directamente de haber realizado su juicio de valor "en base a un procedimiento poco claro, que expresamente manifiestan no haberse utilizado antes de estos hechos, ni posteriormente a los mismos", dando la razón a Iberdrola frente a la acusación de inflar el precio de la luz.