¿Qué es un adeudo?

De manera sencilla y cercana, se podría definir adeudo como la cantidad de dinero que debe una persona física o jurídica un particular a un tercero y que aparece reflejada en su cuenta bancaria (retirada de efectivo, pago de recibos, transacciones electrónicas, etc.).

Ejemplo:

Como el Consistorio ya había abonado 11,8 millones -el precio de 1998 más los intereses- quedaban pendientes de pago 17,7 millones. A eso sumaron otros conceptos como una "prima de convenio" que incrementaron el adeudo hasta los 27,6 millones. Es decir, que con lo ya pagado el coste expropiatorio ascendía a 39,4 millones”.

Adeudo es la cantidad de dinero que debe una persona física o jurídica a un tercero

Desde una perspectiva más económica, un adeudo es una anotación en la columna del debe que se traduce en una reducción de los fondos del deudor.

En general, el origen del término lo podemos encontrar en la práctica de la domiciliación de recibos, de ahí el uso de términos como adeudo por domiciliación o adeudo domiciliado básico. Cualquiera de estos términos hace referencia al cargo automático y previamente aceptado por el deudor en favor de un acreedor (normalmente, un proveedor de servicios como la luz, el gas o el teléfono). Esta operación de traspaso de fondos implica, de un lado, al deudor y a su entidad bancaria; del otro, al beneficiario de la deuda (el acreedor) y a su proveedor de servicios de pago.

Adeudo directo SEPA

Dentro del marco económico de la Unión Europea, el cargo en la cuenta de un deudor se denomina adeudo directo y tiene las siguientes características: Desde un punto de vista más económico, se traduce como una anotación en la columna del debe y supone una reducción en los fondos del deudor.

  • Son cargos expresados en euros y realizados entre cuentas asentadas dentro del espacio SEPA.
  • Es el acreedor el que envía la orden de pago, pero el deudor debe dar su consentimiento. Para ello, es necesario emitir una orden de domiciliación o mandato.
  • Los adeudos directos SEPA se deben enviar antes del vencimiento de la obligación de pago (tanto si es un cobro único o periódico)
  • El cobro se puede deshacer dentro de unos plazos establecidos para cada tipo de adeudo, por ejemplo, cuando este no ha sido autorizado.

Los adeudos directos SEPA pueden ser básicos (CORE o Direct Debit) o B2B (solo entre empresas).