Arranca la campaña de la Declaración de la Renta 2025, un trámite anual con Hacienda que deben cumplir millones de contribuyentes en España. Como cada año, es importante conocer quiénes están obligados a presentarla, las fechas clave del calendario fiscal y las principales novedades que afectan tanto a trabajadores como a autónomos, jubilados y propietarios de vivienda.

A continuación, te explicamos todos los detalles para que puedas preparar tu declaración con antelación y evitar sorpresas de última hora.

¿Quién está obligado a presentar la declaración?

Como cada año, lo primero que se debe saber es que personas deben presentar la declaración de la Renta, haciendo caso a los umbrales de ingresos que determinan quiénes deben hacerlo:  

  • Las personas que cuenten con un solo pagador y ganen más de 22.000 euros brutos al año
  • Contribuyentes que hayan trabajado para más de un pagador, sumando la cantidad de 15.876 euros. Esto se debe a que las retenciones aplicadas por cada empresa pueden no haber sido suficientes para cubrir el impuesto total.
  • Los autónomos deben presentar la declaración siempre, sin importar cuánto hayan ingresado. 
  • Contribuyentes que cumplan otros requisitos establecidos en la normativa vigente: Tributarios con rentas del capital mobiliario o inmobiliario por encima de ciertos límites, beneficiarios de ayudas y subvenciones, o quienes hayan obtenido ganancias patrimoniales sujetas a tributación.

Fechas clave de la campaña  

La Agencia Tributaria ha establecido un calendario que conviene tener presente para evitar problemas de última hora:  

  • 2 de abril: Comienza el plazo para presentar la declaración por Internet.  
  • 29 de abril: Se abre el periodo para pedir cita previa para la declaración telefónica.  
  • 6 de mayo: Inicio de la atención telefónica para convocar la declaración.  
  • 29 de mayo: Apertura de la cita previa para la modalidad presencial.  
  • 2 de junio: Comienza la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.  
  • 25 de junio: Fecha límite para presentar declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria.  
  • 30 de junio: Último día para presentar la declaración en cualquier modalidad.  

Es imprescindible recordar que las citas se suelen agotar con rapidez, por lo que es preferible realiza rlos tramityes on ccal,ma y no dejarlo parea el ultimo moemnto para que ad4emas, se pueda recibir la devolucion loa nets posible para los caso que les salga a devolver. 

Novedades de la campaña de la Renta 2024-2025

Cada año, Hacienda introduce cambios en la declaración de la Renta que afectan a trabajadores, autónomos, desempleados, propietarios de viviendas y donantes. Estas modificaciones, desde nuevas formas de pago hasta deducciones autonómicas poco aprovechadas, afectan a quienes deben presentar su declaración en los próximos meses.

Pago más fácil y correcciones simplificadas

Una de las principales novedades de este año es la posibilidad de pagar a través de Bizum y tarjeta bancaria, permitiendo agilizar el proceso para quienes tengan que ingresar dinero a Hacienda.Además, la corrección de la declaración ha cambiado y, en lugar de presentar una declaración complementaria o un escrito de rectificación, todo se unifica en la "autoliquidación rectificativa", simplificando así cualquier modificación o corrección.

Nuevos límites de ingresos para declarar

Otra de las modificaciones más importantes de este año es la actualización de los umbrales de ingresos que determinan quiénes deben presentar la declaración:

  • Si se ha tenido más de un pagador, el límite sube de 15.000 a 15.876 euros.
  • Para quienes solo han tenido un pagador, se mantiene en 22.000 euros.
  • La reducción por rendimientos del trabajo sube de 6.498 a 7.302 euros anuales, lo que beneficiará a las rentas más bajas al reducir la base imponible sobre la que se calcula el impuesto.

Los desempleados no tendrán que declarar

El año pasado se aprobó un decreto que obligaba a quienes reciben prestaciones por desempleo a presentar la declaración. Sin embargo, finalmente este año no será obligatorio, aunque la norma puede cambiar en el futuro. No obstante, si estas personas han recibido más de 15.000 euros de dos o más pagadores (por ejemplo, del SEPE y un empleo anterior), sí estarán obligadas a declarar.

Devoluciones para mutualistas

Los jubilados que cotizaron a antiguas mutualidades podrán solicitar la devolución de impuestos pagados de más. Sin embargo, Hacienda ha limitado este beneficio a un solo año por campaña, pudiendo solicitar este 2024 únicamente la reclamación del año 2019, y en los próximos ejercicios, la de los años siguientes.

Ayudas para afectados por la DANA y más beneficios por donaciones

Los afectados por la DANA no tendrán que declarar las ayudas recibidas, salvo que superen el valor original del bien dañado. Asimismo, los autónomos de las zonas afectadas podrán beneficiarse de una reducción del 25% en su rendimiento neto del IRPF y en sus cuotas del régimen simplificado del IVA.

Por otro lado, aumentan las deducciones por donaciones a fundaciones y ONG. Ahora se podrá desgravar el 80% de los primeros 250 euros donados (antes el límite era 150 euros) y el 40% a partir de esa cantidad. Si se ha obsequiado a la misma entidad durante los últimos tres años, la deducción sube al 45%.

Deducciones para eficiencia energética y movilidad sostenible

Se mantienen las deducciones por obras de eficiencia energética en viviendas, incluyendo mejoras en la reducción del consumo y rehabilitación energética. También se prorrogan hasta 2025 los incentivos por la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. En este caso, se podrá deducir un 15% sobre una base máxima de 20.000 euros para la compra del coche y otro 15% sobre un máximo de 4.000 euros anuales para los cargadores.  cambia algo

Cambios en el alquiler de vivienda

Los propietarios de viviendas en alquiler también encontrarán modificaciones en esta campaña. Para los contratos firmados antes del 6 de mayo de 2023, la reducción del rendimiento neto sigue siendo del 60%, mientras que para los contratos posteriores, la reducción baja al 50%. En las zonas tensionadas, como algunas de Cataluña, los propietarios pueden obtener reducciones de hasta el 90% si bajan el alquiler al menos un 5%.

Mayor control sobre ventas digitales y fraudes fiscales

Cada año, las ventas digitales son más comunes, por lo que Hacienda ha puesto el foco en plataformas como Wallapop. Aunque las ventas ocasionales no tributan, quienes vendan más de 30 productos o superen los 2.000 euros en ingresos podrían recibir un requerimiento para justificar sus operaciones.

Además, el Plan de Control Tributario 2025 intensificará la vigilancia sobre:

  • Personas cuyo nivel de vida no coincide con sus ingresos declarados.
  • Uso abusivo de sociedades para ocultar ingresos o reducir impuestos.
  • Economía sumergida, controlando profesionales que no aceptan pagos con tarjeta en sectores donde es habitual.
  • Simulación de alquileres o emisión de facturas falsas para obtener devoluciones indebidas de IVA.

Hacienda también revisará información en redes sociales y medios de comunicación para detectar posibles incoherencias en las declaraciones.

Deducciones autonómicas: un alivio fiscal desaprovechado

Muchas personas desconocen las deducciones autonómicas, lo que hace perder alrededor de 9.000 millones de euros en beneficios fiscales cada año.

Algunas comunidades han introducido nuevas deducciones:

  • Madrid: incentivos para quienes alquilen viviendas vacías y para nuevos residentes.
  • Murcia: deducciones por contratación de internet.
  • Extremadura: beneficios fiscales por partos múltiples.

Un estudio de la plataforma Taxdown revela que el 77% de los contribuyentes desconoce las novedades de la campaña del IRPF, el 70% no sabe que puede modificar declaraciones de los últimos cuatro años, y el 80% ignora que existen más de 300 deducciones autonómicas. Este desconocimiento subraya la importancia de revisar bien la declaración para aprovechar al máximo los beneficios fiscales disponibles.

¿Qué pasa si no se presenta la declaración de la renta?

El incumplimiento de esta obligación ante Hacienda puede ocasionar sanciones que varían en función del tiempo que pase desde el vencimiento del plazo y si la omisión ha sido voluntaria o tras un requerimiento de la Agencia Tributaria.

En caso de presentar la declaración fuera de plazo sin previo aviso de la Agencia Tributaria, se pueden aplicar recargos que varían entre el 5% y el 20% del importe a pagar. Si es Hacienda quien detecta la falta y envía un requerimiento, las multas pueden pueden incrementarse.

Por su parte, la Agencia Tributaria cuenta con un plazo de cuatro años para revisar el IRPF de los contribuyentes y detectar posibles irregularidades, iniciando un proceso sancionador si no se ha respetado el plazo oficial de la campaña.