Una vez más le ha tocado el gordo a Carlos Fabra quien no va a ingresar en prisión –al menos de momento– a pesar de su condena por el Tribunal Supremo a cuatro años de privación de libertad según una sentencia que debería ser “de cumplimiento inmediato”. Tras una solicitud de indulto por parte de condenado, la Audiencia de Castellón ha dejado en suspenso la ejecución de su ingreso carcelario mientras siga en trámite la petición. Llama la atención los motivos que Carlos Fabra ha alegado para evitar la cárcel: «en ningún caso existe el menor elemento indiciario de peligrosidad criminal en mí, [y] mi firme voluntad es atender los pagos [de las sanciones económicas que me han sido impuestas] siempre que me sea posible y en cuanto pueda realizar la venta de los inmuebles que se autorice», dos argumentaciones que, habitualmente, suele desatender la Audiencia cuando son formuladas por un delincuente anónimo.

Como podemos comprobar, la leyenda continua y Carlos Fabra se sigue mofando de la justicia cuando dice sentirse «satisfecho» y  que la decisión de la Audiencia Provincial «es lo que esperaba». La historia se repite. Recordemos que en enero de 2011, la misma Audiencia Provincial castellonense archivó las causas de cuatro de cinco delitos fiscales que entonces se le imputaban a un eufórico Fabra que celebraba su «total absolución [porque] tanto el juez como el fiscal no han hecho bien sus deberes y han dejado pasar el tiempo», un desvergonzado modo de jactarse y de confundir una no demostrada inocencia con la prescripción de los presuntos delitos que se le atribuían a quien ha vivido el último decenio de su vida política en una permanente imputación, dilatando los procedimientos y apelando a la presunción de inocencia como único argumento de defensa cuando, éticamente, debería haber dimitido o ser suspendido cautelarmente de sus cargos mientras estuviera en entredicho su honorabilidad como representante de la ciudadanía.

Pincha aquí para seguir leyendo el blog la Infinita Espiral de Alberto Soler