Como ya había hecho con la convocatoria del 1-O y la Ley de Transitoriedad, el Pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido la declaración de independencia de Cataluña aprobada el pasado viernes por el Parlament al admitir a trámite el incidente de ejecución presentado por el Ejecutivo en el que se advierte de sus “evidentes efectos jurídicos y vinculantes”.

Fuentes jurídicas han informado de que el Pleno ha acordado esta decisión en virtud del artículo 161.2 de la Constitución, invocado por el Gobierno en el incidente de ejecución de sentencia, que garantiza la suspensión cautelar automática de las dos resoluciones aprobadas por el Parlament el pasado 27 de octubre para declarar la independencia e iniciar un proceso constituyente.

En realidad, según el propio tribunal, esta anulación no era necesaria, ya que el TC suspendió la celebración del pleno del pasado 27 de noviembre y todo lo que en él pudiese suceder.