¿Hay algo oscuro en los movimientos societarios de la adjudicataria de la mina de Aznalcóllar, como parece pensar la jueza del caso? La respuesta de la Junta es un rotundo no. Pero lo llamativo de la aclaración de la Administración autonómica no es la rotundidad de su respuesta, sino la obviedad de la misma: de su lectura parece desprenderse la impresión de que los conocimientos de la juez sobre los criterios de redacción del pliego de condiciones de adjudicación y hasta sobre el funcionamiento mismo de este tipo de concursos son bastante deficientes. Como se sabe, la jueza Patricia Fernández ha firmado un nuevo auto en el que cita a declarar a nuevos testigos y libra oficios a la Junta de Andalucía para que certifique cómo es posible que la adjudicación de la explotación se realizara a la unión de empresas México-Minorbis y que el 11 de mayo (el mismo día que trascendió la investigación judicial) la empresa que aceptó la adjudicación se llamase de otra manera: Minera Los Frailes. En relación con las informaciones derivadas de ese auto del Juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla, la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta no ha querido esperar y se ha apresurado a ofrecer sus aclaraciones en un comunicado difundido este mismo miércoles, independientemente de que "atenderá a la mayor brevedad la solicitud" judicial. UN MECANISMO HABITUAL La respuesta del Gobierno andaluz no se anda con rodeos: "La creación de una sociedad específica para la ejecución de un concurso público adjudicado a una oferta a la que se han comprometido varias empresas es un mecanismo habitual en operaciones en que se establecen relaciones de larga duración con la Administración y un mecanismo normal de actuación en las concesiones públicas". La Junta de Andalucía recuerda, en primer lugar, que "la documentación correspondiente a la aceptación de la adjudicación fue remitida, de motu propio, por la Dirección General de Industria, Energía y Minas a dicho Juzgado hace ya varias semanas". El argumento central de su respuesta a Fernández es este: "Las bases del concurso internacional de Aznalcóllar preveían que pudiesen participar en el mismo sociedades vinculadas mediante acuerdos que asegurasen los compromisos de inversión y los plazos de ejecución. En este sentido, la oferta de la empresa adjudicataria proponía la creación de una sociedad de propósito específico para desarrollar el proyecto en caso de resultar ser la ganadora, cosa que así ha realizado". LA SEPI LO HACE IGUAL Esta forma de participación, recalca la Junta, "es normal en los concursos mineros y se practica por todas las Administraciones". Y pone como ejemplo el reciente concurso convocado en 2015 por la SEPI, entidad dependiente del Gobierno central, a través de la sociedad COFIVACASA, para la explotación de los derechos mineros en Cala (Huelva), cuyo "pliego contempla el mismo procedimiento seguido en Aznalcóllar". En estos términos se explicita dicho procedimiento en el concurso de la SEPI al que alude la nota de la Junta: “Será admisible la presentación de ofertas individuales o conjuntas con el compromiso de, en el caso de resultar adjudicatarios, constituir una nueva sociedad específica que asumiría la condición de arrendataria de los Derechos Mineros”.