"Machismo repugnante". Es la calificación que le merece a la asociación de consumidores Facua un cartel de la discoteca sevillana Bandalai, a la que ha denunciado ante la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud por un anuncio lanzado el pasado fin de semana. Un cartel publicitario de la empresa mostraba el texto 'F*** ME' y la imagen de una joven desnuda de cintura para arriba que se está desabrochando el pantalón. No es la primera vez que se utiliza un reclamo tan zafio. En octubre pasado una discoteca granadina fue denunciada por el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) ante el Observatorio de la Publicidad no Sexista por la cartelería difundida para anunciar una “fiesta italiana” cuyo cartel podía leerse: ‘F**** ME. I’m Erasmus’ –'Fóllame, soy Erasmus'– junto a la imagen insinuante de una mujer. La asociación considera que el anuncio incurre "en un machismo repugnante" y reclama al Servicio de Consumo de la Junta en Sevilla que imponga una multa a la empresa y "no se limite a dar traslado de la denuncia al Instituto Andaluz de la Mujer", que carece de capacidad sancionadora. La asociación también ha trasladado el caso al citado Instituto, adscrito a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales. Facua Sevilla recuerda que la autoridad de consumo de la Junta tiene atribuidas las competencias para sancionar la publicidad ilícita. Por ello, le pide que abra expediente sancionador a Bandalai y aplique una multa proporcional a la gravedad del contenido del mensaje publicitario, que espera que haga pública. PUBLICIDAD VEJATORIA En su denuncia, la asociación argumenta que el contenido del anuncio vulnera la ley que señala como ilícita la "publicidad que atente contra la dignidad de la persona". La norma añade que "se entenderán incluidos en la previsión anterior los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados». Asimismo, la organización de consumidores advierte de que también contraviene la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. En su artículo 10, relativo al ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación, señala que, de acuerdo con lo establecido en la citada Ley General de Publicidad, "se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio".