El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación planteado por la Junta contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anuló los estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento. En un fallo de 25 de marzo, el Alto Tribunal confirma, por segunda vez, la legalidad de los estatutos de una agencia afectada por el proceso de reordenación del sector público andaluz.

Son conformes a Derecho
El nuevo fallo hace suyos los fundamentos aducidos en la primera sentencia del Supremo a favor de la Junta de Andalucía, la de 21 de enero de 2013, que declaró la legalidad de los estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. En esta ocasión, se confirma que los estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento son conformes a Derecho, y se reitera la doctrina del Tribunal Supremo sobre la condición de empleado público del personal integrado en las agencias, en el marco de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.

Corrobora el personal
En concreto, la sentencia corrobora que el personal integrado en esta Agencia ya tenía la condición de empleado público y que, por tanto, el proceso de reordenación del sector público no cambia su estatus jurídico.

No lesiona el principio de igualdad
Asimismo, se reitera que no se suscitan dudas de constitucionalidad respecto de la Ley 1/2011 de Reordenación del Sector Público en Andalucía, porque el proceso de integración no lesiona el principio de igualdad ni los derechos de promoción profesional de los recurrentes, y el personal integrado solo podrá acceder a la condición de personal funcionario o laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía participando en los respectivos procesos selectivos.

Acogida con satisfacción la sentencia
La Junta de Andalucía ha acogido con satisfacción esta sentencia, ya que ratifica la legalidad del proceso de reordenación del sector público, estableciendo un criterio judicial uniforme con carácter firme, que aporta seguridad jurídica y confianza a los distintos operadores.