El cúmulo de procedimientos judiciales sin resolver durante el estado de alarma y, también, los nuevos pleitos como consecuencia de la pandemia avocan a juzgados al colapso cuando se inicie la desescalada, por lo que el Gobierno ha permitido la celebración de juicios telemáticos. El primero de estas características en la historia de la Justicia en España se celebrará en Santander, el 11 de mayo. 

En un auto, fechado el 27 de abril, al que ha tenido acceso El Plural, se explica que el Juzgado de lo contencioso Administrativo Número 2 “disponemos de los medios técnicos necesarios para la celebración de la vista oral en las circunstancias interesadas” y se recomienda que los abogados “intervengan desde su despacho o, incluso, su propio domicilio”.  El público también podrá asistir de manera virtual.

“El desarrollo de la vista oral cumpliría con las garantías procesales exigibles y no se produciría merma alguna de su derecho de defensa en cuanto que está garantizada su intervención simultánea si fuera necesario”, se añade en el auto.

No se celebrarán en casos de delitos graves

La celebración telemática de los juicios será posible salvo en los procedimientos por delitos graves, en los que la presencia física del acusado resulta necesaria. El real decreto del Gobierno prevé la dotación de medios e instrumentos electrónicos y de sistemas de información necesarios, para facilitar el acceso remoto.

El juez dice que se puede dar salida a los casos

El juicio telemático del próximo 11 de mayo es un contencioso entre el Ayuntamiento de Santander y un restaurante por una infracción urbanística.

A petición de la parte recurrente y con acuerdo de ambas, el titular del juzgado, el juez Luis Acayro Sánchez, ha acordado la celebración de la vista, evitando así el aplazamiento acordado como consecuencia de la prórroga del estado de alarma.

El juez ha valorado que las vistas telemáticas permitirán "agilizar a futuro" todos los juicios con prueba documental, esto es que solo requieren la intervención de los abogados, y "acortar los plazos" para dar salida a los millones de asuntos acumulados en los juzgados españoles.

Según ha dicho, el 50% de los juicios en la vía contencioso administrativa se podrían sustanciar de esta manera, y también una buena parte de procedimientos civiles y sociales en los que no intervienen testigos.