El pasado mes de 27 de junio de 2012, ELPLURAL.COM publicó un reportaje en el que se recogía información sobre la directora de Recursos Humanos de Paradores Nacionales, Teresa Cervera. El artículo, titulado "En Paradores no sólo tienen hueco las 'pijodirectivas'.., también hay hueco para las 'píasdirectivas' opusinas", se hacía un repaso al papel que jugaba la señora Cervera en los despidos que se estaban produciendo en esos momentos, y en los meses anteriores, en esta empresa pública. Y también, tras realizarse diversas entrevistas con personas de los propios Paradores, se realizaba una semblanza de la directora de Recursos Humanos, desde su ingreso en la empresa hasta ese momento, así como se recogían valoraciones de diversos trabajadores sobre su labor.

Las relaciones familiares de la Directora de Recursos Humanos de Paradores
El reportaje provocó que la señora Teresa Cervera demandara a ELPLURAL.COM, a su director, Enric Sopena, y al director adjunto, Francisco Medina por "derecho al honor y a la intimidad", tal y como se recoge en la sentencia. La vista por la demanda, en la que este periódico estuvo representada por el letrado José Luis Fuertes, de 'Amparo Legal', tuvo lugar el pasado 21 de octubre de 2013. En la vista la demandante solicitó a ELPLURAL.COM, y a Enric Sopena y Francisco Medina 121.131 euros, más un euro por cada visita que hubiera tenido la página del artículo.

En el artículo se recuerda que Teresa Cervera es hermana del entonces diputado y presidente del PP en Navarra Santiago Cervera, y cómo esta relación pudo facilitar su entrada en Paradores durante el Gobierno del PP. Igualmente, cómo su carrera dentro de la empresa fue rápida hasta pasar de ser una becaria a convertirse en directora de Recursos Humanos.

A continuación, en el artículo se refleja el papel que Teresa Cervera jugó en las semanas siguientes al desembarco de Ángeles Alarcó -ex esposa de Rodrigo Rato y amiga personas de Esperanza Aguirre y Ana Botella- en la dirección de Paradores para producirse una serie de despidos que en la empresa se calificó de 'limpieza étnica' por el sesgo político que tenía, ya que fueron despedidos básicamente aquellos que habían tenido relación con los directores anteriores.

"Misa de 11 en La Almudena"
Igualmente, en el reportaje se hacía una semblanza más amplia de la personalidad de Teresa Cervera, en el que se recogía entre otras cosas que era mujer de "enorme religiosidad, misa de 11 en la catedral de La Almudena", o que había publicado varios artículos de derecho canónico.

La demandante consideró que con estas informaciones se había cometido "intromisión ilegítima en el honor y la intimidad personal", y procedió a demandar, como decimos, a ELPLURAL.COM, su director y el director adjunto. Una vez realizada la vista ante la magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Majadahonda, Madrid, doña María Isabel Serrano Pozuelo, ésta dictaminó sentencia.

En su escrito resolutorio la magistrado-juez realiza un detallado repaso al derecho de expresión y de información frente al derecho a la intimidad, recuerda las sentencias del Tribunal Constitucional "que atribuye a las libertades de expresión e información una "especial posición" o "protección social" derivada del hecho de que "no sólo se protege un interés individual sino que su tutela entraña el reconocimiento y garantía de la posibilidad de existencia de una opinión pública libre, indisolublemente unida al pluralismo político propio del Estado democrático".

Desestimada íntegramente la demanda
Tras esta consideración la magistrado-juez recoge en su escrito que el artículo vio la luz "motivado por los sucesivos despidos que se realizaron en el año 2012 en ésta empresa pública (noticia de relevancia o interés general), cuya intención es hacerse eco de la posición o rol que desempeña la actora debido al cargo que ostenta (Directora de Recursos Humanos de Paradores Nacionales) en dichos despidos", y que "dada la crispación que presentan estos sucesos en la actualidad, está redactado (el reportaje) en tono irónico, con expresiones entrecomilladas, pero que en ningún caso incluye términos injuriantes".

En cuanto a los términos que podrían considerarse injuriantes y aparecen entrecomillados en el reportaje, por ejemplo "la elección de los despedidos aplicando el criterio "tú me gustas, tú no me gustas" y la realización del "listado de limpieza étnica"", se recuerda que el autor manifestó las fuentes de las que las obtuvo, escritos de "los comités de empresa de Paradores, y se refería con ello a "despedir a la gente por relaciones con anteriores directores o por su pertenencia a partidos políticos". Igualmente se recoge la manifestación del testigo, convocado por la propia demandante, don Carlos Hernández, jefe de gabinete del anterior Presidente de Paradores, y que en la vista expresó que "era obvio la vinculación de Teresa con un partido político y que dentro de la empresa se comentaba la relación entre Teresa y dicho partido".

Tras estas consideraciones, la magistrado-juez falla "desestimando íntegramente la demanda" formulada por Doña Teresa Cervera Soto contra ELPLURAL.COM, su director y su director adjunto a los que absuelve, al tiempo que hace "expresa imposición de costas procesales al demandante".