El Juzgado de Insdtrucción Número 9 de Valencia ha archivado de manera provisional la causa abierta por el incendio de Valencia, que causó 10 víctimas mortales, al no encontrar indicios de responsabilidad penal. Según ha podido saber ElPlural.com de fuentes de la Fiscalía: "La Brigada Provincial de Policía Judicial de Valencia del Cuerpo Nacional de Policía ha comunicado al juzgado de instrucción nº 9 de Valencia que las primeras investigaciones permiten descartar el origen criminal o delictivo del incendio de los edificios de la calle Rafael Alberi no 2 de Valencia. El juzgado de instrucción nº 9 la vista de dicha información ha acordado provisionalmente, el sobreseimiento de las actuaciones, a la espera que concluyan las investigaciones y análisis policiales oportunos, que continúan, al objeto de esclarecer el origen concreto del incendio".

"Las investigaciones practicadas, como se ha reiterado, han descartado la existencia de delito o de presunto delito en el origen del incendio. Lo que significa que conforme toda la labor de investigación desarrollada por los expertos este incendio se ha producido por causas ajenas al delito, por causas no delictivas", explica el juez en su auto. Y apostilla que, "no existen los indicios para poder concluir que haya alguna persona responsable criminalmente de este incendio. Las causas finales, dentro del ámbito de la reponsabilidad civil, si se diera ésta o finalmente fuera determinada la causa como hecho fortuito, habrán de ser oportunamente resueltas fuera de este ámbito jurisdiccional penal".

Además, desde el Ministerio Público se ha informado de que, el juzgado de instrucción ha autorizado el acceso de las compañías aseguradoras al inmueble siniestrado con supervisión policial al objeto de permitir la realización de las oportunas gestiones para indemnizar a los perjudicados al no interferir las investigaciones policiales.

En el auto, al que ha tenido acceso este periódico, el juez va más allá de la mera apreciación jurídica y dice: "El primer gran éxito de esta acción coordinada, ha sido sin duda poder identificar a las víctimas mortales, y a la mayor brevedad posible poder devolver los objetos y enseres personales que portaban en el triste momento de su fallecimiento". Además añade que "la investigación ha permitido a los titulares u ocupantes de las viviendas siniestradas poder recuperar sus vehículos y también ser auxiliados por los bomberos intervinientes en el salvamento y extinción del incendio para regresar a los apartamentos y recuperar algún bien aun salvado de las llamas. Y finalmente, en el sentido humano, los servicios de personal sanitario y psicólogos para poder rescatar del horror vivido al resto de víctimas no mortales".

Guerra de aseguradoras

Tal y como publicó ElPlural.com, al no haber responsabilidad penal, la causa abre una más que probable guerra entre aseguradoras. Esto es debido a que la responsabilidad civil derivada del incendio del edificio de Nou Campanar en Valencia, que ha costado diez vidas, no podrá recaer ni sobre el constructor, ni sobre el arquitecto al estar prescrita desde hace cinco años. De hecho, esta prescripción, que actualmente tiene un máximo de diez años y que era hasta el último cambio legislativo de 15, tampoco se podrían haber aplicado, ya que los 15 años se cumplieron en enero, un mes antes del fatídico incendio, que ha sucedido en febrero.

El edificio se proyectó en 2005, es decir, un año antes de que entrara en vigor el Código Técnico de Edificación actual, por lo que los materiales utilizados en la fachada, aunque ahora están prohibidos por ser inflamables, eran absolutamente legales en el momento de la edificación. Las viviendas se terminaron a finales de 2008 y se entregaron tras obtener los permisos pertinentes. La prescripción, con respecto a las responsabilidades civiles tanto de arquitecto como de constructor, la marca el momento en que se entregó definitivamente la obra tras obtener todos los informes favorables. Esto sucedió en enero de 2019, hace más de 15 años, por lo que son ahora las diferentes aseguradoras las que deberán llegar a un acuerdo sobre quién y cuánto se debe abonar.

Las fuentes explican que, al quedar en un principio fuera arquitecto y constructor, estos plazos de prescripción abocan, irremediablemente, a una guerra de aseguradoras para ver quién se tiene que hacer cargo de las millonarias indemnizaciones a las que los afectados tienen más que derecho después de lo sucedido hace ahora una semana.

De hecho, explican estas fuentes que tanto propietarios como inquilinos se verán obligados a interponer un denuncia en el Jugado de Instrucción Número 9 de Valencia, que instruye la causa, si quiere poder cobrar las indemnizaciones a las que tienen derechos tras el trágico incendio. Esta obligatoriedad aboca a la interposición de un aluvión de denuncias que podría colapsar el juzgado si no se le ponen refuerzos. Pero mientras todo esto se dirime, tanto propietarios como inquilinos se están organizando para ir conjuntamente en este caso a través de la creación de dos asociaciones, ya que los intereses de los propietarios difieren de la de los que simplemente están en régimen de alquiler en el edificio siniestrado.

 

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