El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que las exenciones fiscales de la Iglesia católica en España pueden constituir ayudas estatales prohibidas si se conceden en relación con una actividad económica.

Los obispos deben pagar impuestos
El Tribunal de Justicia europeo considera que las exenciones fiscales incluidas en el Concordato entre el Estado español y la Santa Sede podrían ser ayudas ilegales si sirven para financiar actividades económicas. Es decir, que la Iglesia sí debería pagar impuestos.

El litigio de un colegio en Getafe

El pronunciamiento de la justicia europea es la respuesta a una pregunta prejudicial planteada por el Juzgado de los contencioso-administrativo número 4 de Madrid en relación a un litigio que enfrenta a la Iglesia con la Administración después de que un colegio religioso de Getafe (Madrid) solicitara la devolución de un impuesto municipal sobre construcciones, instalaciones y obras por importe de casi 24.000 euros que la congregación religiosa responsable de la escuela había abonado por obras en un edificio escolar, en el que se ubica el salón de actos de la escuela y en el que se imparten clases de primaria y secundaria reglada por el Estado. 

Esos locales, sin embargo, también se utilizan para impartir enseñanza preescolar, extraescolar y postobligatoria, que en este caso no está subvencionada por el Estado, y por lo cual la escuela cobra derechos de matrícula.