Mario Conde ha vuelto a prisión. El magistrado Santiago Pedraz titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional ha decretado su prisión provisional comunicada y sin fianza para el antiguo banquero y para el abogado Francisco Javier de la Vega Jiménez el arquitecto de la trama de sociedades de Conde. En cuanto a su hija Alejandra Conde, el juez ordena el arresto domiciliario. Se les acusa de un delito de blanqueo de capitales, delitos contra la Hacienda Pública y de organización criminal.

En el caso de Alejandra Conde, no podrá salir del domicilio y tiene expresamente prohibido realizar cualquier transacción económica mediante ningún medio. Otras cuatro personas han sido puestas en libertad provisional sin fianza. Se trata del otro hijo del banquero, Mario Conde Arroyo, Francisco de Asís Cuesta Moreno, María Cristina Fernández Alvárez y Roland Stanek. Tendrán que comparecer cada lunes ante el juzgado, no podrán salir del territorio nacional y se les retira el pasaporte entre otras medidas de control.

Las deudas de sentencias pasadas

La resolución del juez explica cómo Mario Conde fue condenado a prisión, pena ya cumplida, y a abonar la responsabilidad civil correspondiente a favor del Banesto (hoy Santander). La cantidad ascendía “a 26.059.986,42 euros, de los que se han abonado un total de 11.958.918,84 euros, dice el auto que añade: “A través de operaciones indiciariamente delictivas, Mario Conde Conde ha puesto a nombre de terceras personas fincas que debieron ser decomisadas en ejecución de la sentencia judicial firme”.

“La Brigada de Blanqueo de Capitales de la UDEF y la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil elaboraron varios informes que dejan entrever, indiciariamente y en este momento procesal, actividades de blanqueo de capitales procedente de las apropiaciones indebidas que el condenado realizó contra Banesto, que ha venido desarrollando a través de su entorno más cercano —familiares y amigos de su máxima confianza— desde, al menos, 1999 hasta la actualidad, de una forma continuada”.

Transferencias desde el extranjero

Indica Pedraz que “se ha podido constatar que, entre 1999 y 2014, se han efectuado por personas de la máxima confianza de Conde, ingresos en efectivo por importe de 2.288.048,18 euros, y se han recibido transferencias procedentes de cuentas bancarias ubicadas en el extranjero por valor de 10.774.274,22 euros, cantidades de origen injustificado que han aflorado en cuentas corrientes vinculadas Mario Conde, y que hacen una suma de 13.062.322,40 euros”.

Las cuentas corrientes de origen de las transferencias corresponden a las sociedades Galloix Holding SA (Suiza), Higher Productions LTD (Reino Unido), Dryset Ltd (Reino Unido), Matoral BV (Países Bajos), G.I. Beteiligung Sa (Luxemburgo), Mayfield Bisiness LTD (Reino Unido), Rupani Jelly Fish /Emiratos Árabes) y GMM italia (ésta participada en un 25% por la sociedad luxemburguesa Gi Beteiligung-sociedad que titula las propiedades Can Poleta, de Pollensa, Palma de Mallorca, expone el auto.

El lío de las fincas

Añade que estas fincas en su día pertenecieron a la familia Conde y con posterioridad se transfirieron a la sociedad luxemburguesa con el objeto de evitar el embargo judicial, no obstante hasta el año 2012 el uso y disfrute de la citada residencia se le atribuye a la familia Conde.

“Las transferencias que han tenido entrada en España fundamentalmente han sido a través de tres sociedades nacionales, tras las que podría encontrarse indiciariamente el investigado (como administrador de hecho, al igual que las extranjeras): Barnacla SL, Black Royal Oak SL y Oleificio Español SA”, continúa.

Mario Conde y familia

La estructura que reseña el juez pone en la cúpula a Mario Antonio Conde, después su hija Alejandra Conde, “quien coordinaría con éste la operativa desarrollada”. Asimismo su hijo Mario Conde. Como persona de su máxima confianza, se encontraría Francisco de Asís Cuesta Moreno de quien el auto reseña que en los últimos años habría perdido “peso”.

“El Abogado titular de dicho despacho, Francisco Javier de la Vega Jiménez, se constituiría como pieza fundamental en todo el entramado empresarial; participando directa o indirectamente en los negocios jurídicos y económicos relacionados con la familia Conde, y a su vez ejerce de representante de las empresas extranjeras que inyectan capitales a las mercantiles vinculadas con la familia”.

Testaferros y ahorros fiscales

Se cita asimismo el papel de María Cristina Fernandez Álvarez, persona utilizada para figurar como administradora de Barnacla y Oleificio Español. y “como testaferro, se encontraría Roland Stanek, quien fue el administrador único de la sociedad Oleificio Español desde el 08 de julio del 2009 hasta el 15 de noviembre de 2014”.

El auto relata los indicios de blanqueo, el tráfico de divisas que se produce, las transferencias entre cuentas con entidades suizas o “la utilización fiscal por Mario Conde de la sociedad Barnacla para garantizarse un ahorro fiscal muy importante en sus actividades personales, al servirle de “pantalla” para tributara través de la sociedad en vez de hacerlo en su propio IRPF” así como para “el pago de gastos y nóminas estrictamente personales”.

Cuadro que resume las entradas de divisas y efectivo

“Fortuna oculta”

El auto desgrana la actuación de cada empresa, el papel de los presuntos implicados y destaca que “A través de la presunta ocultación descrita de su patrimonio, Mario Antonio Conde Conde habría logrado eludir de manera continua el pago íntegro de las responsabilidades pecuniarias dimanantes de los delitos por los que fue condenado en las Sentencias Argentia Trust y Banesto”.

“Con estas maniobras, que seguiría realizando en la actualidad – resume Pedraz´- habría ocultado a la autoridad judicial penal su real fortuna, haciendo inviable la plena ejecución de las responsabilidades pecuniarias a que fue condenado hace años y además, dado que tiene pendiente igualmente una deuda de 10.049.161,78 € con la AEAT en fase ejecutiva, resulta obvio que estaría eludiendo el pago de antiguas responsabilidades fiscales, poniendo su real fortuna fuera del alcance de las autoridades fiscales”.