La Audiencia estima así parcialmente el recurso presentado por la Fiscalía del Principado de Asturias contra la libertad provisional sin fianza dictada para los cinco imputados por el Juzgado de Instrucción número dos de Lena, según ha informado la Fiscalía.

"Riesgo de reiteración"
El Ministerio Fiscal había solicitado el ingreso de todos ellos en prisión preventiva, comunicada y sin fianza. Según la Audiencia, la decisión del Juzgado de estimar la petición de la Fiscalía no habría sido infundada, dentro del contexto de los disturbios que se desarrollaban en ese momento, dado el "manifiesto riesgo de reiteración delictiva y dada la persistencia de la disputa, en la que se actuaba de manera violenta".

"El conflicto no está tan radicalizado"
No obstante, el auto de la Audiencia, fechado el pasado día 8 de este mes de octubre, sostiene que en el momento actual, "cuando delibera este tribunal", "el conflicto no está tan radicalizado", aunque "sigue presente", lo que hace que la Sala haya acordado la imposición de una fianza para cada uno de los imputados para eludir el ingreso en prisión provisional.

Fianza de 2.000 euros
El auto de la Audiencia impone a cada uno de los imputados una fianza de 2.000 euros, que deberá constituirse en el plazo de tres días desde que les sea notificada personalmente la resolución. Una vez satisfecho el pago, los imputados quedarán sujetos a la obligación de comparecer ante el Juzgado todos los días 10, 20 y último de cada mes, o en el inmediato anterior si éste fuera festivo o inhábil.

Las razones de la Fiscalía
La Fiscalía del Principado de Asturias justificó su petición de ingreso en prisión provisional en la gravedad de los hechos denunciados y la pena que, en caso de condena, se podría imponer a los imputados, así como en la existencia de un riesgo de reiteración delictiva.

Hasta tres años de prisión
La Fiscalía considera que los hechos que se imputan a los detenidos podrían constituir un delito de desórdenes públicos del artículo 557.1 del Código Penal, que lleva aparejadas penas de hasta tres años de prisión. Además, también podrían ser constitutivos de un delito de atentado a agentes de la autoridad de los artículos 550.1 y 552.1 del mismo texto legal, castigado con pena de hasta cuatro años y seis meses de prisión.