A través de un informe de 14 páginas, los letrados del Congreso de los Diputados han dejado en manos del órgano de gobierno de la Cámara la decisión de que se admita a trámite o no la Proposición No de Ley registrada por Junts mediante la que se insta a Pedro Sánchez a someterse a una cuestión de confianza; palanca constitucional cuyo accionamiento recae en exclusiva sobre el presidente del Gobierno. Por lo tanto, a lo largo de este escrito que no es vinculante y que analiza el prisma jurídico de la iniciativa de los neoconvergentes, los servicios jurídicos de la Cámara Baja no se mojan y ceden el testigo a los partidos de la Mesa. Por otro lado, sugieren a los independentistas que reformulen el texto en caso de que éste sea admitido a trámite para reforzar su carácter eminentemente político.
A lo largo de este escrito, los letrados reflexionan sobre posibles precedentes en la historia parlamentaria y el carácter de la iniciativa en cuestión. Al tratarse de una proposición no de ley, concluyen que el resultado de la votación, “en el caso de ser admitida y sometida a Pleno”, carecerá de “impacto jurídico alguno” debido a que el Poder Legislativo invadiría las competencias del Ejecutivo. Y es que, a juzgar por la opinión de los servicios jurídicos de la Cámara, corresponde a la Mesa “fijar un criterio, que probablemente servirá como referencia para la decisión en torno a la admisión a trámite de otras iniciativas de control en el futuro”.
No obstante, los letrados puntualizan que en el escenario donde la Mesa diese el visto bueno a la PNL de los neoconvergentes, sugieren a sus impulsores que reformulen su contenido con el objetivo de “reforzar el carácter exclusivamente político de la misma”. Recuerdan que la cuestión de confianza es una herramienta parlamentaria blindada en la Constitución Española y cuyo uso le corresponde única y exclusivamente –en este caso – al presidente del Gobierno, en virtud de lo expuesto en el artículo 112 de la Ley Fundamental y los preceptos 173 y 174 del Reglamento del Congreso. Eso sí, previa deliberación en el Consejo de Ministros.
La Mesa tiene la última palabra
Con arreglo al escrito de los servicios jurídicos de la Cámara Baja, que han optado por no mojarse al respecto, la pelota se ha quedado en el tejado de la Mesa del Congreso, que deberá resolver este martes en su cónclave habitual. En cualquier caso, los letrados subrayan la jurisprudencia del propio Hemiciclo y del Tribunal Constitucional, quienes remarcaron el carácter nulo en términos jurídicos de esta figura parlamentaria. De ahí se desprende que la propuesta de Junts no ha de equipararse a un sucedáneo de cuestión de confianza.
Lo único que haría no sería sino “reforzar el debate político” y, por ende, provocar un “pronunciamiento” del Pleno que en ningún caso forzaría al presidente del Gobierno a presentar la cuestión de confianza debido a su pátina no vinculante. Sin embargo, en paralelo, ejemplifican su postura con otras PNL que buscaban someter al Jefe del Estado al control parlamentario o la reprobación de presidentes o gobiernos. Es en ese último supuesto donde sí pueden recibir una regañina parlamentaria, habida cuenta de que existe una figura como la moción de censura, que es una herramienta específica para reprobar al Ejecutivo.
Ante esta disyuntiva, los letrados sostienen que tanto el rechazo de la PNL como la admisión a trámite se erigen sobre cimientos jurídicos sólidos. En el caso de que se le dé el ok, según consta en el informe, se aconseja a la Mesa que se solicite a los impulsores de la iniciativa que reformule su redacción con el objetivo de incluir en el texto que no imprimiría imperativo legal para Sánchez presentarla cuestión de confianza.