El líder del Partido Popular, Pablo Casado, comunicaba que su intención es apelar ante la Junta Electoral los decretos que apruebe el Gobierno de Pedro Sánchez. Sin embargo, según han informado fuentes institucionales a Cadena Ser, la Junta no podrá proceder a anular dichos decretos, porque tienen la categoría de ley y solo son apelables frente al Tribunal Constitucional.

No obstante, habría que saber qué es lo que Casado quiere rebatir y cómo pretende hacerlo. Las fuentes también afirman que, en contra de un Real Decreto no pueden proceder.

Por otro lado, está el cómo se van a notificar desde el Gobierno las medidas implantadas. En este caso el Ejecutivo tendrá que secundar lo que la Ley Electoral diga, que ya desde el martes ha privado de cualquier tipo de acto, convocatoria electoral o campaña que haga propaganda de lo conseguido durante la legislatura.

En comparación, el Gobierno sí que podría anunciar después del Consejo de Ministros la aceptación de los decretos, siempre y cuando que no caigan en matices electoralistas, según dicta la norma. Las fuentes también explican que en estas circunstancias no hay un “a priori”, y la Junta Electoral deberá analizar los casos de manera individual.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) ordena que, en cuanto se convocan elecciones “y hasta la celebración de las mismas” no se pueden realizar “cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos” que haga referencia “a las realizaciones o a los logros obtenidos”. También están prohibidos los actos para la inauguración de servicios u obras públicas “o proyectos de éstos”.