Hace unos días las secciones de deporte y las de sucesos de los periódicos se fundían para dar una triste noticia: un famoso jugador de fútbol, denunciado por una violación, entraba en prisión preventiva por los claros indicios contra él. Algo que afirmo porque, como profesional de la justicia, y sin perjuicio de la presunción de inocencia, sé que han de ser muy claros los indicios contra alguien para decretar la más gravosa de las medidas cautelares, la privación de libertad.

Mientras tanto, la víctima, que denunció los hechos desde el primer momento, también dijo desde el primer momento que renunciaba a toda posible indemnización, que lo único que quería es que se hiciera justicia. Una postura que, a primera vista, podría resultar generosa y encomiable, pero que responde a algo más profundo.

Los delitos contra la libertad sexual requieren en nuestro Derecho, salvo que la víctima sea menor de edad o especialmente vulnerable, denuncia de la perjudicada. Sin denuncia no hay delito ni pena, aunque hubieran presenciado los hechos varias personas dispuestas a testificar. Algo que algún día habría de revisarse, aunque este no sea el caso. La cuestión es que esta víctima no ha dudado en denunciar, pero tampoco ha dudado en renunciar a ser indemnizada. Y tenemos que preguntarnos por qué.

Para mí, la respuesta es evidente. La renuncia responde al claro propósito de alejar de su persona toda sombra de duda sobre su credibilidad. Si eliminamos de la ecuación la posibilidad de cobrar una cantidad, eliminamos la sospecha de que la víctima tuviera una motivación espuria. Y esto, que podría estar muy bien, en realidad, está muy mal. Porque parte de la base –real, por desgracia- de que se la va a cuestionar, algo que ocurre en este tipo de delitos pero no en otros muchos. Nadie renunciaría a ser indemnizada si le han atracado por la calle por miedo a que en otro caso no le crean.

Pero hay que recordar que la posible indemnización que, caso de condena, le correspondería si no hubiera renunciado, no es un premio, es un derecho. Responde a la obligación que toda persona que comete un delito tiene de reparar los daños causados. Y en el derecho de la víctima a esa reposición que, en casos como estos, solo puede tener una traducción en dinero porque, por desgracia, el mal causado no se pude deshacer como ocurriría en un robo si se devuelve lo robado.

Es muy triste que una víctima haya de tomar esa decisión. Pero más triste aún es pensar que tal vez haya hecho lo adecuado para no ser cuestionada. Para hacérnoslo mirar.