Esta semana la Junta Electoral Central ha prohibido a la televisión pública de Cataluña que puedan decir en ninguno de sus informativos palabras como "presos políticos", "exiliados" o "consejo de la República". Consideran que estos términos influyen en la campaña electoral y que estaría así politizándose la televisión de todos los catalanes. 

Sin embargo no he oído a la Junta Electoral posicionarse al respecto de que en Televisión Española se pueda decir que los catalanes independentistas sean golpistas, o señalar algunos discursos de partidos políticos que han venido haciéndolo durante todo este tiempo, también durante las campañas electorales. No les he visto dar el alto cuando se ha hablado de terroristas señalando a gente que todavía no ha sido juzgada. Ni siquiera cuando lo han hecho con los chavales de Alsasua, a pesar de que ahora la acusación por terrorismo se ha eliminado. Nadie ha salido a disculparse. Para hablar de golpismo, terrorismo, banda y demás cuestiones similares, la Junta Electoral Central calla. 

Puedo entender que haya términos que consideren que no han de decirse. Tengo mi opinión al respecto (negativa), pero podría llegar a entender que las reglas del juego tratasen de impedir que se dieran mensajes que pudieran considerarse "partidistas". Siendo esto así (reitero que no lo comparto), entonces debería hacerse de la misma manera para todos. Y no se hace. Entonces, la propia Junta Electoral Central estaría, o bien prevaricando, o bien participando ella misma en lo que no debería participar: ser juez y parte, censurando a una parte y permitiendo a la otra que pueda decir lo que considere. Y en este punto entonces la Junta Electoral carecería ya de ningún tipo de legitimidad, puesto que por sus propios actos estaría comportándose de manera evidentemente arbitraria, perdiendo así su razón de ser. 

Algo parecido podría estar sucediendo con el funcionamiento del Tribunal Constitucional. Según ha señalado Campdepadrós en una rueda de prensa, el Tribunal Constitucional está haciendo uso de sus facultades atribuidas por la modificación realizada de manera expres en el 2015 (modificación de la LOTC, en su artículo 92) de manera arbitraria. Me explico: el jueves, el TC notificaba a los miembros de la mesa del Parlament de Cataluña que deberían cumplir la suspensión de las resoluciones (parte de ellas) que fueron aprobadas en el mes de julio en el Parlament. Concretamente, las resoluciones en las que se aprobaba defender el Derecho de Autodeterminación y en las que se reprobaba la figura del Rey Felipe VI. 

Se avisaba así de que, de seguir adelante con estas resoluciones, de tratarlas en el Parlamento, la mesa sería responsable y probablemente se pudieran interponer medidas penales contra ellos. Sí, por permitir el debate de estas cuestiones. 

Hubo dos miembros de la mesa del Parlament que se negaron a ser notificados: Josep Costa y Eusebi Campdepadrós. Los dos son letrados (de reconocidísimo prestigio, además). Y ambos explicaron que lo que está pretendiendo el TC es vetar la posibilidad de que en un parlamento se hable de cualquier cosa que quieran proponer sus parlamentarios. 

Resultaría así que estarían, al no permitir el acceso de una resolución al debate en el Parlamento, yendo contra el reglamento de la cámara. Y es que la normativa que regula el funcionamiento del Parlament establece que para admitir a trámite las resoluciones, la mesa no tiene por qué entrar en el fondo, que eso han de hacerlo los parlamentarios. En su caso, se podrá solicitar informe de los letrados del parlamento, que no es vinculante tampoco. En fin: que en una democracia los diputados y diputadas deberían poder hablar abiertamente de todo. Sobre todo si se trata de cuestiones que están planteadas en sus programas electorales (que además no han sido vetados por la Junta Electoral). 

El caso es que el Tribunal Constitucional no siempre ha tenido la facultad de sancionar ni de ejecutar sus decisiones. Es una atribución que se le dio mediante la modificación de la ley que lo regula (LOTC) en el año 2015, en el momento en que el independentismo decidió presentarse de manera unida a las elecciones en Cataluña. Ya en aquel momento, la oposición (gobernaba Rajoy), denunció que se trataba de una modificación electoralista, que estaba pensada para ir precisamente contra el president de la Generalitat. De hecho, el PP lo aprobó mediante un trámite de urgencia, valiéndose del voto de UPN y de la abstención de Ciudadanos en el Senado. 

Fue además García Albiol quien anunció a bombo y platillo esta reforma, fue su medida estrella para la campaña electoral de las catalanas de septiembre de 2015. Y anunció la medida sin ser diputado en el Congreso. Muy representativo. 

El PSOE votó en contra de esta modificación. De hecho se presentaron recursos de inconsticonstitucionalidad, y distintos expertos en el ámbito internacional señalaron que con esta modificación, España estaba poniendo fin a la separación de poderes. El TC hasta el momento había sido un órgano al que se le consultaba sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de un hecho concreto. Pero no tenía la capacidad de sancionar a nadie, de inhabilitar a nadie ni de ejecutar sus propias sentencias. Ahora ya sí. 

Y precisamente esta modificación se ha utilizado, como ya se avisaba por la oposición, para ir a por los catalanes. Precisamente Campdepadrós señalaba que no se ha utilizado la capacidad que ahora tiene el TC para hacer cumplir sus sentencias al gobierno de España. Curiosamente con el Caso Castor, el Parlament de Cataluña ha solicitado al TC que haga al gobierno cumplir con su sentencia, y nunca se ha puesto en marcha la atribución ejecutoria que el 92.4 le confiere. Cosa que con los catalanes sí hacen, y además con cuestiones que tienen que ver con resoluciones de carácter meramente político. 

Sí, sigamos pensando que la ley se hace para cuestiones generales y no para ir a por nadie. Sigamos pensando que la ley es igual para todos. Sigamos pensando que esto nada tiene que ver con un franquismo sociológico implantado en demasiados lugares. Cuando queramos darnos cuenta será tarde. De hecho, ya lo es. Vamos con cuarenta años de retraso.