Durante el documental que narra la vida de Rocío Carrasco, la hija de Pedro Carrasco y Rocío Jurado cuenta cuál fue el último día que vió a sus hijos: el 27 de julio de 2012. Pero, ¿qué sucedió aquel veraniego día de hace casi nueve años?.

En la emisión del programa de Telecinco Viva la vida, se ha publicado una sentencia judicial que relata con pelos y señales los hechos acontencidos aquella jornada. Una dura historia de violencia familiar en el hogar de Rocío Carrasco y que marca un antes y un después en la relación con su hija. Así lo narra  la sentencia del Juzgado de menores número 4 de Madrid:

"Sobre las 8.00 horas del día 27 de julio de 2012, encontrándose la menor en el domicilio familiar junto a su madre, la pareja de esta y su hermano, inició una disputa con aquella en el transcurso de la cual le propinó varios golpes, llegando incluso a tirarla al suelo, para posteriormente seguir golpeándola, dándole varias patadas (...) Como consecuencia de los hechos, Rocío Carrasco sufrió policontusiones con equimosis en la región frontal derecha, con edema en ambas muñecas, en muslo derecho, en el antepié derecho y un hematoma en el dedo del pie derecho".

Asimismo, el auto judicial también refleja las vejaciones de hija a madre: "Resulta probado además que la menor de quince años, desde hace aproximadamente tres años y de forma reiterada, ha venido atentando contra la paz familiar (...) Desde entonces, y cuando mantenía una discusión con su progenitora, actuando con ánimo de amedrentarla y faltarle al respeto, la increpaba con expresiones tales como 'Eres una guarra, no eres mi madre, mi madre es la mujer de mi padre, tú dabas patadas a tu barriga cuando estabas embarazada de David, tengo ganas de partirte la cara, guarra, puta, mi padre tenía razón, eres una maltratadora psíquica, a esta casa no me trae ni la policía ni un juez, ni tu padre y tu madre que están bajo tierra".

Y finaliza: "Declaro a la menor Rocío Flores Carrasco autora responsable de un delito de maltrato habitual, de un delito de maltrato, de una falta continuada de amenazas y de una falta continuada de injurias (...) Se le impone la medida de 60 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad que se sustituirán en caso de que la menor no preste su consentimiento o incumpla por seis meses la libertad vigilada".