El Gobierno anunció ayer la suspensión de las actividades no esenciales hasta el 9 de abril para frenar el contagio del coronavirus y limitar las salidas del domicilio a las actividades estrictamente necesarias. Con esta medida, miles de trabajadores españoles no han acudido este lunes a trabajar y no lo harán hasta dentro de dos semanas. Así lo ha aprobado en el Real Decreto-ley 10/2020 el Consejo de Ministros extraordinario de este domingo.

Más allá de limitar el contagio, esta medida tiene claramente efectos económicos tanto para los trabajadores como para el resto de la sociedad. Por eso, el Gobierno ha aprobado un permiso retribuido recuperable para aquellos trabajadores que no prestan servicios esenciales en esta crisis.

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En ElPlural.com aclaramos las principales dudas sobre la medida que ha entrado en vigor este domingo por la noche tras su publicación en el BOE.

¿Qué es un permiso retribuido recuperable?

Es una nueva figura planteada por el Gobierno ya que habitualmente los permisos pagados no se deben recuperar. Es decir, se puede entender como una distribución irregular de la jornada más que un permiso retribuido, según los expertos.

¿Cuánto tiempo durará este permiso?

La medida entró en vigor a última hora del domingo, cerca de la medianoche, con su publicación en el BOE. Así, este permiso retribuido durará desde este lunes 30 de marzo hasta el jueves 9 de abril, ambos inclusive.

Sin embargo, el Gobierno permite la actividad este lunes 30 de marzo en aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir inmediatamente la actividad, pero solo para llevar a cabo las tareas imprescindibles, con el objetivo de hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar fuertemente a la reanudación de la actividad empresarial.

¿A quién afecta?

Tal y como ha reconocido el Gobierno, la medida está dirigida a aquellos trabajadores no esenciales que aún prestaban sus servicios laborales a pesar del estado de alarma. Es decir, personal de la construcción, de fábricas o trabajadores de oficina que prestan servicios no esenciales y que deben ser informados debidamente de la medida por parte de su empresa.

En esta línea, las empresas afectadas por esta imposición pueden establecer un número mínimo de plantilla o turnos de trabajo que la propia empresa considere “imprescindibles” para mantener un nivel de actividad “indispensable”. Sea como sea, esta es una decisión solamente empresarial.

¿Cuáles son las actividades esenciales?

El Gobierno ha enunciado una serie de actividades esenciales que no se verán afectadas por la medida. Se trata de los sectores indispensables para la gestión adecuada de una crisis sanitaria como esta.

Aquí se incluyen las empresas dedicadas a la cadena de abastecimiento de bienes de primera necesidad, al mantenimiento de transportes públicos y carreteras, fuerzas de seguridad del Estado y el Ejército, establecimientos sanitarios, empleadas del hogar, cuidadores, servicios de telecomunicaciones e información, suministro energético o medios de comunicación.

Esta es la lista completa:

  • Personal sanitario
  • Fuerzas y cuerpos de seguridad
  • Transportistas de viajeros y mercancías
  • Medios de comunicación
  • Personal de operadores de telecomunicaciones y centros de procesos de datos y de empresas instaladoras de telecomunicación para la instalación
  • Personal de mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones
  • Personal de centros de procesos de datos, operación y mantenimiento de las redes de transporte y distribución de electricidad, gas, agua y centrales de generación de energía
  • Personal de prevención y extinción de incendios
  • Trabajadores de plantas petroquímicas o centrales eléctricas o nucleares
  • Personal ligado a actividades de salvamento y seguridad marítima
  • Gasolineras, puertos y aeropuertos
  • Infraestructuras ferroviarias
  • Personal de obras de interés general en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, entre las cuales se deben incluir las telecomunicaciones que se realicen en el ámbito de la geografía ferroviaria, tanto para uso ferroviario como de los operadores de telecomunicaciones
  • Plantas de procesamiento de productos agrícolas, cárnicos y pesqueros y de los insumos necesarios para su elaboración

Además, la medida tampoco afecta a aquellos que pueden optar por el teletrabajo o a los trabajadores que se encuentren de baja por incapacidad temporal o permisos de maternidad o paternidad.

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¿Los afectados por un ERTE podrán verse beneficiados por el permiso retribuido recuperable?

No, este permiso no se aplicará sobre los trabajadores que ya se han visto afectados por un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), salvo que el ERTE fuera por reducción de jornada. En ese caso, el trabajador sí tiene derecho a percibir una parte proporcional a la jornada que seguía trabajando.

¿Cuál es la ayuda económica del permiso?

Según el Real Decreto, los trabajadores recibirán durante este permiso la misma cantidad de su sueldo de forma íntegra, tanto el salario base como los complementos a los que tengan derecho. Asimismo, las empresas deberán seguir pagando las cotizaciones que les corresponda por sus trabajadores.

¿Cómo devolverán las horas no trabajadas?

Los trabajadores deberán recuperar las horas no trabajadas durante este periodo en el futuro, cuando la medida llegue a su fin. En ese momento, los empleados deberán devolver de manera gradual y consensuada estas jornadas laborales. Es decir, no se trata de vacaciones obligadas, sino de un número de horas que tendrán que ser recuperadas.

Sin embargo, todo esto queda en el acuerdo entre empresa y trabajador y serán las empresas quienes deban negociar esta devolución con los sindicatos y con sus trabajadores. Ante esto, el Gobierno recuerda unas medidas mínimas que suponen que la recuperación de estas horas no podrá suponer el incumplimiento de los periodos mínimos de descanso diario (12 horas entre jornada y jornada) ni semanal (1,5 días) previstos en la ley.

En la misma línea, la jornada laboral tampoco podrá superar la jornada anual máxima fijada en el convenio colectivo aplicado y deberán ser respetados los derechos de conciliación de la vida personal y familiar reconocidos legalmente.

Los trabajadores afectados por la medida deben recuperar estos ocho días laborales antes del 31 de diciembre de 2020, siempre respetando los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.