La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recurrido las ayudas para la formación repartidas por la Comunidad de Madrid por favorecer a determinadas empresas que ya han sido adjudicatarias previamente. Concretamente, el organismo regulador independiente ha denunciado que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso “puntúa mejor a aquellas empresas que ya han recibido ayudas de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo” y, tras ello, los populares madrileños han respondido negando este “trato discriminatorio”.

La Comunidad de Madrid ha negado que sus ayudas para la formación de desempleados “excluya a empresas”, defendiendo que “pueden presentarse todas las que estén ubicadas en territorio nacional, siempre que tengan algún centro en la región” y avanzando que recurrirá la decisión de la CNMC.

“Pueden presentarse a esta convocatoria todas las empresas del sector ubicadas en territorio nacional, siempre que tengan algún centro en la región en la que puedan impactar la formación y no obliguen a los madrileños a desplazarse fuera de la comunidad”, han subrayado desde la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, dirigida por Rocío Albert.

En el mismo sentido, han recordado que “se trata de fondos del Estado, repartidos a las comunidades autónomas, para formar a los demandantes de empleo y que las regiones gestionan atendiendo a las necesidades de sus ciudadanos”. “Como en cualquier tipo de convocatoria, se establecen criterios que puntúan a favor a la hora de conceder las subvenciones, como puede ser el grado de ejecución y de satisfacción de los alumnos que hayan recibido la formación en convocatorias previas”, han rematado.

El señalamiento de la CNMC

Concretamente, la CNMC ha recurrido las bases de las subvenciones que reparte la Comunidad de Madrid para formar a los desempleados en base a la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM) y tras un requerimiento previo a la Consejería, que negó que estuviera vulnerando la normativa.

Considera el organismo que esta práctica incurre en un “trato discriminatorio” y “no está justificada por ninguna razón imperiosa de interés general”. “Los criterios 3, 4 y 5 fijados en el resuelve decimocuarto de la Orden de 21 de abril de 2023 dispensan un tratamiento desigual injustificado a las entidades potencialmente beneficiarias de la subvención”, recoge la CNMC en el informe presentado.

Asimismo, señala la Orden, de 21 de abril de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan “subvenciones para la financiación de acciones de formación dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados”, enmarcados dentro del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, para el año 2023.

Así las cosas, el problema que encuentra la CNMC está en los beneficios otorgados a empresas que ya han recibido ayudas previamente, como señalan en el informe: “Dado que no se invoca ni existe, a priori, una razón imperiosa de interés general que justifique la necesidad y proporcionalidad de esta exigencia, hemos de concluir que aquellos criterios son discriminatorios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.2b de LGUM, y, por ende, que suponen un límite a la libertad de establecimiento garantizada por esta norma”.

“En definitiva, los criterios 3, 4 y 5 establecidos en el resuelve decimocuarto de la Orden de 21 de abril de 2023 para otorgar las subvenciones objeto de la convocatoria, son discriminatorios, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 18.2 b) LGUM, y, por ende, suponen un límite a la libertad de establecimiento garantizada por esta norma”, remarca el organismo regulador.