Todas las empresas están obligadas desde este miércoles a contar con un registro retributivo de toda la plantilla, incluidos los altos directivos o altos cargos. Este miércoles entra en vigor el Real Decreto de igualdad retributiva entre hombres y mujeres, con el que el Ejecutivo prevé reducir la brecha salarial de género. El registro también afecta al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas con las peculiaridades de su legislación específica.

Esta norma se aprobó el pasado mes de octubre para entrar en vigor en seis meses, es decir, este miércoles 14 de abril. El registro salarial tiene como objetivo impulsar la transparencia salarial en el ámbito empresarial para asegurar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres por la realización de trabajos de igual valor.

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El registro salarial obliga desde hoy a las empresas a incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla, desagregados por sexos. Así, deberá figurar la media aritmética y la mediana de lo que percibe realmente cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Las empresas con más de un centenar de trabajadores deberán tener un plan de igualdad desde hoy mientras que aquellas empresas con entre 50 y 100 trabajadores tendrán que hacerlo a partir del 8 de marzo de 2022.

Media aritmética y mediana real de los sueldos

La información deberá presentarse desagregada según la retribución, incluyendo el salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando cada percepción. El periodo temporal de referencia será de un año natural aunque está sujeto a posibles modificaciones.

El proceso pasa por consultar a los representantes sindicales de la empresa, con una antelación de al menos diez días, antes de la elaboración del registro. Asimismo, también tendrán que ser consultados en caso de modificación del registro con diez días de antelación.

Los trabajadores podrán acceder a este registro salarial en todo momento. En caso de contar con representación sindical, serán los intermediarios para facilitar el acceso a los trabajadores mientras que, en el caso de no contar con esta representación, la información que ofrece la empresa se limitará a las diferencias porcentuales que existan en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres.

Las empresas también tendrán que incluir en el plan de igualdad una auditoría retributiva, con el objetivo de obtener la información necesaria para comprobar si el sistema retributivo de la empresa cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres.