Las empresas españolas deben tener implementado el registro salarial por sexos de su plantilla en un plazo máximo de dos semanas. El próximo 14 de abril se cumple el plazo de seis meses que ofreció el Gobierno en el momento de la aprobación para poner en marcha este registro retributivo.

El objetivo de este registro salarial es combatir la brecha entre hombres y mujeres, con los detalles que exige el reglamento. La ley dispone que todas las empresas, sea cuál sea el tamaño o el sector, deben cumplir con esta medida. De no hacerlo, se considerará una infracción laboral grave que podría ser sancionada con multas de hasta 6.250 euros y de hasta 187.515 euros en caso de detectarse discriminación.

El registro salarial es una de las herramientas que ha aprobado el Gobierno para avanzar en las garantías de igualdad salarial, a través de la transparencia retributiva dentro de la gestión empresarial. El objetivo de esta normativa es poder detectar discriminaciones, ya sean directas o indirectas, entre hombres y mujeres.

La legislación laboral ya exige tener en cuenta este registro salarial de la plantilla desde 2019. Sin embargo, quedó en el aire el desarrollo reglamentario y esta y otras medidas de igualdad laboral fueron aprobados finalmente por el Gobierno el pasado mes de octubre a través de dos reales decretos.

Las empresas deben elaborar este registro, al que pueden acceder todos los trabajadores

La medida supone que el empresario debe elaborar el registro retributivo, con la consulta a la representación legal de los trabajadores "con una antelación de al menos diez días", según la legislación. El registro debe incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y por grupos profesionales, categorías, niveles o puestos.

Incluso la empresa debe incluir la media aritmética y la mediana de lo percibido en realidad en cada categoría o grupo profesional. Los registros no serán iguales en todos los casos, sino que para las empresas de 50 o más trabajadores deben incluir también auditorías salariales, más allá del simple registro salarial.

Además, si la media aritmética o la mediana de las retribuciones totales en la empresa de uno de los sexos es al menos un 25% superior al otro, el empresario deberá justificarlo en el registro salarial. Es decir, tendrá que incluir "una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras".

El registro deberá actualizarse de forma anual para mostrar una imagen actualizada de la situación empresarial. "El periodo temporal de referencia será con carácter general el año natural, sin perjuicio de las modificaciones que fuesen necesarias en caso de alteración sustancial de cualquiera de los elementos que integran el registro", explica la legislación. Todos los trabajadores tendrán derecho a acceder al contenido íntegro del registro salarial, a través de la representación legal de estos.