Parece que el cambio de sede de Ferrovial está lejos de acabar sin incidentes. La compañía del clan del Pino admite ahora temer las consecuencias de su ‘fuga empresarial’. En concreto, la empresa se refiere a la posibilidad de que la fusión con su filial holandesa pueda “quedar fuera de la protección del Régimen Especial de Neutralidad Fiscal español”, tal y como lo ha comunicado la compañía en un folleto remitido a la Bolsa de Dublín de la que se ha hecho eco el Economista.

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Dicho régimen especial es aplicable a todas las operaciones de reestructuración de empresas tanto fusiones como escisiones. La directiva está pensada para que dichos movimientos empresariales puedan efectuarse sin que afecte el régimen fiscal. Eso sí, para optar a este trámite la compañía ha de justificar un motivo económico válido. Motivo del que Ferrovial parece carecer.

De hecho, en el cruce de misivas intercambiado entre el Ministerio de Economía y la cúpula de la constructora se cuestionaba "la motivación económica del proyecto de fusión transfronteriza". Sin embargo, Ferrovial ha aducido en reiteradas ocasiones que el traslado de sede no responde a motivos fiscales si no a una mejora en sus condiciones de negocio, algo que desde el Ejecutivo no han dudado en poner en tela de juicio.

En la misma línea se pronunciaba la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, quién, tras el análisis de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMC), afirmaba que el argumentario de Ferrovial para irse de España arrojaba serias dudas.

En concreto, la compañía del clan del Pino aducía mayor seguridad jurídica en Países Bajos que en España. “Los empresarios saben muy bien que no hay inseguridad jurídica, que se están atrayendo múltiples inversiones internacionales, proyectos millonarios. La economía española está considerada como especialmente atractiva, precisamente por la seguridad jurídica y la estabilidad económica”, precisaba Calviño quién no aludía directamente a la elusión de impuestos como causa principal de la fuga, pero matizaba que “podría haberse ido a Alemania si buscaban la triple A (calificación de deuda máxima que también tiene Países Bajos)” y no a Ámsterdam donde la política fiscal es más laxa.

El Régimen Especial de Neutralidad Fiscal

Tal y como queda patente, la elusión fiscal, por más que se empeñe la compañía en desmentirlo, haría que Ferrovial tuviera que tributar el Impuesto de Sociedades por las plusvalías generadas por los activos traspasados a Ámsterdam.

Algo que iría contra los planes de la que fuera la constructora española que días antes de consumar su traslado explicaba que tenía la intención de aplicar el régimen especial de neutralidad fiscal implantado en España de conformidad con el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades".

Sin embargo, parece que la firma ya advertía el riesgo de impugnación de la aplicación de dicha excepción. "las autoridades tributarias españolas españolas pueden, en el curso de una inspección fiscal, impugnar las supuestas razones de la fusión propuesta si consideran que carece de motivos empresariales sólidos y, en cambio, se lleva a cabo principal o exclusivamente con el objetivo de obtener una ventaja fiscal y, en consecuencia, denegar la aplicación del régimen". En tal caso, "las autoridades fiscales españolas tratarán de eliminar la ventaja fiscal pretendida, gravando a su vez el Impuesto de Sociedades devengado por la diferencia entre el valor razonable de mercado de los activos de Ferrovial y la base fiscal de los mismos".

De acuerdo con la compañía, en caso de que la Agencia Tributaria consiga impugnar el Régimen Especial, este hecho "podría tener un efecto material adverso sobre el negocio, los resultados de las operaciones, la situación financiera y las perspectivas del grupo".

A pesar de que todo apunta que la principal motivación de la compañía responde a motivos fiscales, ya que como se ha repetido en varias ocasiones, para tributar en Wall Street no es necesario abandonar España, será la Agencia Tributaria la que tomará la decisión.

De acuerdo con los plazos establecidos, la compañía estima que la operación de fusión se cierre de forma oficial antes del 30 de junio, una vez los socios hayan ejercido su derecho de separación. Cuando se cumpla el plazo se comunicaría la extinción de la sociedad española al Registro Mercantil y, pasados seis meses, Ferrovial tiene un plazo de 25 días para presentar ante Hacienda la liquidación del Impuesto de Sociedades. En ese momento, previsiblemente, pediría acogerse al régimen de neutralidad fiscal y Hacienda analizaría si hay o no motivos económicos válidos para el traslado de sede.