Este miércoles comienza el plazo para solicitar el cheque de 200 euros destinado a que las familias puedan hacer frente al encarecimiento de la cesta de la compra. Con la apertura del periodo de solicitud, que se extenderá hasta el 31 de marzo, las dudas comienzan a llegar en mayor cantidad incluso que las solicitudes. Para resolverlas, los interesados podrán consultar el apartado de preguntas frecuentes contemplado en la página web habilitada por la Agencia Tributaria, donde también se tramita el cheque, o continuar leyendo este artículo. ¿Es por persona, por familia o por hogar? y ¿el pago es único o mensual? son las dos preguntas que más se repiten y que a continuación serán resueltas.

¿El cheque de 200 euros es por persona o por hogar?

Algunas de las dudas que más se han repetido durante esta semana giran en torno a los requisitos y posibles perceptores de la ayuda. Pues bien, la ayuda se concederá por hogar, es decir, teniendo en cuenta los ingresos de las personas que convivan en un mismo domicilio. El Boletín Oficial del Estado (BOE) refleja se tendrá en cuenta los ingresos íntegros y patrimonio del matrimonio o pareja de hecho, de igual manera que los de los menores y ascendientes que residan en el mismo hogar.

Una vez realizado el cálculo de los convivientes, los requisitos son los siguientes: El hogar solicitante deberá percibir menos de 27.000 euros al año y tener un patrimonio por debajo de los 75.000 euros, quedando excluida de este cálculo la vivienda habitual. Además, también será necesario que los potenciales perceptores del cheque no se encuentren recibiendo ningún tipo de pensión ni el Ingreso Mínimo Vital (IMV), puesto que estos colectivos ya se benefician de otro tipo de ayudas como el incremento de las pensiones no contributivas o el aumento del 15% de la cuantía del IMV. 

Lo mismo sucede con las pensiones contributivas, que han experimentado un incremento del 8,5%. Si podrán percibir la ayuda los beneficiarios de ayudas otorgadas por las Comunidades Autónomas en concepto de rentas mínimas de inserción, siempre y cuando cumplan los requisitos.

 ¿El pago es único o mensual?

Otra gran cuestión muy repetida es si la ayuda se abona mensualmente o en un único pago y cómo se solicita. En ese sentido, la norma establece que, una vez resuelta la solicitud, y en caso de ser esta aceptada, la transferencia se realizará a través de un pago único de 200 euros destinado a la cuenta bancaria del titular de la solicitud. Sobre el uso de la ayuda, la vicepresidenta y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ya adelantó que, bajo ningún concepto, se vigilará en que se invierte el bono. Podrá ser usado para aliviar el precio de la cesta de la compra o para lo que considere el perceptor.

Para poder ser beneficiario de la ayuda, la solicitud podrá tramitarse a través de un formulario ubicado en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En este, deberán figuran necesariamente la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se deseé recibir el ingreso. Para acceder a la sede electrónica de la Agencia será necesario contar con uno de los siguientes documentos: el certificado electrónico, el DNI electrónico o la Cl@ve de acceso. No se requerirá ninguna documentación adicional, ya que, la propia administración será la encargada de recabar los datos pertinentes.