El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha revelado este martes que las condiciones generales de la nueva Ley de Vivienda son “favorables”. Por el momento se trata de un borrador del informe, elaborado por el vocal Álvaro Cuesta, ex diputado del PSOE, sobre el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda.

Este primer documento asegura que es un instrumento normativo adecuado para consagrar y dotar de contenido el derecho a la vivienda, recogido en la Constitución Española. No obstante, matiza que hay una “falta de concreción” en algunos puntos, especialmente en las reglas de intervención de precios en el mercado del alquiler de viviendas.

Además, pone en valor el carácter “básico” del acceso a la vivienda, por el que se garantizaría el cumplimiento de este derecho en igualdad de condiciones para todos los ciudadanos españoles, sin diferencias entre las comunidades autónomas. El pleno se reunirá este viernes en una sesión extraordinaria para estudiar esta propuesta de informe al anteproyecto, que fue remitido al órgano de gobierno de los jueces el pasado 1 de diciembre.

En el lado más crítico, la propuesta de informe alerta de “inconcreción e imprecisión” de algunos enunciados y contenidos del anteproyecto, aspectos que dificultarían la definición precisa del derecho a la vivienda. Así, el informe señala la ausencia de un mínimo grado de concreción en conceptos como infravivienda, vivienda digna y adecuada y condiciones asequibles conforme al esfuerzo financiero.

Falta de concreción en algunos aspectos

También observa falta de concreción en el establecimiento de los deberes del ciudadano en relación con las actuaciones de conservación, reparación o mejora de la vivienda y en los medios que se emplearán para hacer efectiva la tutela del derecho la vivienda.

El vocal explica en este borrador que, con respecto a las reglas de intervención de precios del mercado de alquiler de viviendas, el prelegislador "parece haber renunciado a regular mecanismos pre o extraprocesales específicos", dejando así en manos de los órganos judiciales la exigibilidad y cumplimiento.

No obstante, recalca que la intervención del mercado de alquiler de viviendas contemplada es compatible con el derecho a la propiedad del artículo 33 de la Constitución Española. La regulación adoptada "no hace irreconocible dicho derecho ni niega la utilidad económica de la propiedad", por lo que está dentro de los parámetros de control establecidos por el Tribunal Constitucional y por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.